Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 23 de Mayo de 2007

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2007
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El Licenciado A.J.H.A., quien actúa en nombre y representación de AGRIPINO VARGAS COPRI ha promovido Demanda Contencioso-Administrativa de Nulidad con el propósito de que se declare nula, por ilegal, la Resolución Nº DAJ-2006-58 de a6 de mayo de 2006 proferida por el Alcalde del Distrito de La Chorrera y su acto confirmatorio.

El Magistrado Sustanciador procede a examinar la demanda presentada, advirtiendo que la vía utilizada por el actor no es la adecuada.

El apoderado especial de la parte actora interpone una acción de nulidad contra la Resolución Nº DAJ-2006-58 de 16 de mayo de 2006, mediante la cual el Alcalde del Distrito de La Chorrera resolvió declarar como no probados los hechos de la demanda de oposición a la adjudicación de un lote de terreno, promovida por el señor A.V.C. en contra de la señora L.J. y por consiguiente reconocer que esta última tiene mejor derecho sobre el lote de terreno en litigio.

De la lectura del libelo de demanda se desprende que la parte actora estima que el acto impugnado afecta su derecho de propiedad, pues el lote de terreno en disputa se encuentra en su posesión desde el año 1991, año en que el señor M.M. le vendió los derechos posesorios que ostentaba sobre dicho bien inmueble.

En este contexto, es claro que el recurrente ha utilizado de manera incorrecta el recurso Contencioso-Administrativo de Nulidad, toda vez que no nos encontramos frente a un acto administrativo general, impersonal y objetivo que, mediante la interposición de la acción de nulidad, pretenda el restablecimiento del orden público violado, sino que el demandante pretenden enervar un acto individualizado, personal y que lesiona directamente un derecho particular, siendo lo procedente en todo caso la interposición de una Demanda Contencioso-Administrativa de Plena Jurisdicción que busca la reparación del derecho subjetivo vulnerado.

Esta Superioridad ha expresado en numerosas ocasiones la diferencia entre una Demanda Contencioso-Administrativa de Plena Jurisdicción y de Nulidad, señalando lo siguiente:

"Dentro de este...

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