Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 27 de Febrero de 2004

PonenteJacinto Cárdenas M
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2004
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado C.C., en su calidad de apoderado judicial de la empresa PORTS ENGINEERING AND CONSULTANTS CORP., ha presentado solicitud de levantamiento de la suspensión provisionalordenada por la Sala Tercera de la Corte, mediante Auto de 12 de diciembre de 2003, dentro de la demanda contencioso administrativa de nulidad promovida por el señor C. General de la República, para que se declaren nulos, por ilegales, el acto de 22 de enero de 1997 del Comité Ejecutivo de la Autoridad Portuaria Nacional, que aprobó la celebración del Contrato entre la APN y Ports Engineering and Consultants Corp.; la Resolución C.E. No. 007-97 de 22 de enero de 1997, dictada por el Ministro de Comercio e Industrias en su condición de Presidente del Comité Ejecutivo de la Autoridad Portuaria Nacional; el Memorando No. 009-97SDGT de 6 de febrero de 1997; la Nota D.G. Nº 247-97-SDGT de 6 de febrero de 1997 y la Resolución D.G. Nº 012-97 de 6 de febrero de 1997, todos suscritos por el Director General de la Autoridad Portuaria Nacional, y el Contrato Nº 2-034-97 de 18 de diciembre de 1997, suscrito entre la Autoridad Portuaria Nacional y Ports Engineering and Consultants Corp.

El solicitante ha fundamentado el levantamiento de la medida cautelar, bajo el argumento medular de que podrían ocasionarse "graves perjuicios para el Estado, de ocurrir un accidente en las aguas territoriales panameñas como resultado de la suspensión provisional de los efectos del contrato de concesión con nuestra mandante." (F. 961 Tomo II del expediente)

  1. EXAMEN DE LA SALA TERCERA DE LA CORTE

    Una vez ponderada detenidamente la solicitud presentada por el tercero interesado, a la luz de las constancias que reposan en autos, la Sala participa del criterio de que no se han aportado nuevos elementos que conduzcan al Tribunal a levantar la suspensión provisional de los actos demandados.

    En este sentido, debemos recordar que nos encontramos ante una acción de nulidad, contra los actos administrativos que condujeron a la celebración del Contrato de Concesión Administrativa No. 2-034-97 de 18 de diciembre de 1997, suscrito entre la empresa PORTS ENGINEERING AND CONSULTANTS, y la Autoridad Portuaria Nacional, para la prestación de servicios de señalización, hidrografías, geodesia, y ayuda a la navegación (incluyendo la reparación, mantenimiento, suministro de equipos), así como la facturación a las naves en concepto de dichos servicios, y por la tarifa de faros y boyas.

    La demanda presentada por el señor C. General de la República el 7 de mayo de 2002, posteriormente adicionada el 13 de mayo de 2003, plantea en una pormenorizada exposición, que la contratación...

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