Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 3 de Febrero de 1998

PonenteEDGARDO MOLINO MOLA
Fecha de Resolución 3 de Febrero de 1998
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La licenciada E.G.M., en representación de la sociedad MACHETAZO MAYORISTA, S.A. ha interpuesto Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción para que se declare nula, por ilegal, la Resolución Nº 33-VF de 19 de junio de 1996, expedida por el Tesorero Municipal del Distrito de Panamá, específicamente en sus numerales Primero, Tercero y Cuarto, el acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones.

LO QUE SE DEMANDA

La parte actora solicita a esta Superioridad proceda a declarar la ilegalidad de la precitada Resolución Nº 33-VF de 19 de junio de 1996, por medio de la cual el Tesorero Municipal del Distrito Capital resolvió considerar a la empresa MACHETAZO MAYORISTA, S. A., Contribuyente Municipal Nº 02-1972-0011, como defraudador del fisco municipal. De igual manera, se declare la ilegalidad de la Resolución Nº 803 V. F. de 13 de agosto de 1996, por la cual se grava al MACHETAZO MAYORISTA, S.A. desde abril de 1992 hasta mayo de 1996 al pago de un impuesto municipal de B/.18,746.25, desglosados de la siguiente forma: B/.10,800.00 en impuestos, B/.4,197.00 de recargo y B/.3,749.25 por 25%.

LOS HECHOS U OMISIONES DE LA ACCIÓN SEGÚN EL ACTOR

Las citadas pretensiones las basa la sociedad recurrente en los siguientes hechos:

  1. Que mediante Resolución Nº 33 V. F. de 19 de junio de 1996, el Tesorero Municipal del Distrito de Panamá, resuelve en el numeral primero considerar defraudadora del fisco Municipal a la empresa MACHETAZO MAYORISTA, S. A. por haber iniciado actividades comerciales en el Distrito sin que la hubiese comunicado inmediatamente a la Tesorería Municipal, y asimismo, en el numeral segundo ordena a la Dirección de Administración Tributaria inscribir al defraudador en el Catastro Municipal de no estar inscrito. De igual manera, en el numeral tercero y, en consideración a tales hechos, el Tesorero Municipal determina impuestos a dicha empresa desde abril de 1992 hasta mayo de 1996, por un total de B/.10,800.00 suma sobre la cual se calculan recargos por un total de B/.4,197.00. En adición, en el numeral cuarto de dicha Resolución se le impone una multa del 25% sobre el importe adeudado de impuestos y recargos, multa que asciende en total a B/.3,749.25. Finalmente, en el numeral quinto de dicha resolución Nº 33-V. F., se clasifica a MACHETAZO MAYORISTA, S.A. dentro de la renta Nº 1125-9901 que corresponde a la clasificación de "otras actividades lucrativas" con un impuesto mensual de B/.300.00 a partir de junio de 1996.

  2. Que contra la Resolución Nº 33-V. F., se interpuso en tiempo oportuno recurso de reconsideración.

  3. Que la Tesorería Municipal mediante la Resolución Nº 803 V.F. de 13 de agosto de 1996 resolvió el recurso de reconsideración. En el numeral primero, denegó la solicitud de reconsideración, mientras que, en el numeral segundo accedió a revisar el cálculo de los impuestos determinados, por aplicación indebida del Acuerdo Municipal Nº 99 de 1992. En el numeral tercero se ratifica en considerar como defraudador fiscal a la sociedad MACHETAZO MAYORISTA, S.A. En el numeral cuarto se grava a dicha empresa con un impuesto desde abril de 1992 a mayo de 1996 por un importe total de B/.10,800.00. En el numeral quinto se obliga al contribuyente al pago de B/.18,746.25 desglosados en la siguiente forma: B/.10,800.00 en impuesto, B/.4,197.00 de recargo y B/.3,749.25 por 25%. En el numeral sexto de dicha resolución Nº 33-V. F., se clasifica a MACHETAZO MAYORISTA, S.A. dentro de la renta Nº 1125-9901 que corresponde a la clasificación de "otras actividades lucrativas" con un impuesto mensual de B/.300.00 a partir de junio de 1996.

  4. Que MACHETAZO MAYORISTA, S.A. comunicó a la Tesorería Municipal el inicio de sus activides gravables, siendo inscrita en el Registro Municipal como contribuyente desde el 17 de julio de 1972, según certificación emitida por la Dirección de Administración Tributaria.

  5. Que el 5 de marzo de 1992, mediante memorial enviado al Tesorero Municipal la empresa MACHETAZO MAYORISTA, S. A. notifica que no se dedicaba más a la actividad de ventas al por mayor, lo que motivó la Resolución Nº 470-V. F. de 27 de abril de 1992, por la que el Tesorero Municipal ordenó el cierre de la actividad de ventas al por mayor de dicho negocio, y a su vez, comunicar lo resuelto a la Dirección de Administración Tributaria.

INFORME EXPLICATIVO DE CONDUCTA

El ente administrativo demandado procedió a explicar la conducta adoptada a través de informe que reposa a fs. 44-45 del expediente, indicando a esta Superioridad que lo actuado por la Tesorería Municipal en el caso in examine...

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