Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 3 de Marzo de 2005

PonenteArturo Hoyos
Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2005
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El D.J.F., actuado en representación de L.M.N.P., ha presentado demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, a fin de que la Sala declare que es nula, por ilegal, la Resolución Nº013-2000 de 7 de diciembre de 2000, dictada por el Rector de la Universidad Tecnológica de Panamá, el acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones.

La Resolución Nº013-2000 de 7 de diciembre de 2000 en su parte resolutiva señala lo siguiente:

PRIMERO

Negar la solicitud de Licencia por Enfermedad formulada por el P.L.N. por considerar que tal enfermedad no ha sido debidamente comprobada.

SEGUNDO

Declarar insubsistente en el cargo de Profesor Regular Titular al Profesor LUIS NELSON, con cédula de identidad personal Nº8-444-979 y Seguro Social Nº46-4263 el cual prestara servicios en la Facultad de Ingeniería Mecánica de la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMA, por la situación descrita en los considerandos anteriores.

TERCERO

Declarar que el D.L.N. es responsable por las sumas que adeuda a la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMA en concepto de Licencias por Estudios en el período comprendido entre el 16 de abril de 1995 al 15 de abril de 1998, los que ascienden a un monto total de B/31,460.31.

CUARTO

Contra la presente resolución caben los recursos de reconsideración y apelación, ante el Rector de la Universidad Tecnológica de Panamá y el Consejo Académico respectivamente, de acuerdo a la Ley 135 de 1943 y la Ley 33 de 1946."

Mediante resolución de cuatro (4) de febrero de 2000, la demanda en cuestión fue admitida, y se ordenó igualmente correr traslado de la misma al Rector de la Universidad de Panamá y a la Procuradora de la Administración.

FUNDAMENTO DE LA DEMANDA

En la demanda se formula pretensión consistente en una petición dirigida a la Sala Tercera, a fin de que declare que es nulo, por ilegal, el acto administrativo contenido en la Resolución Nº013-2000 de 7 de diciembre de 2000, dictado por el Rector de la Universidad de Panamá. Como consecuencia de la anterior declaración, la parte actora solicita que:

  1. Se ordene el reintegro del P.L.A.N.P., al cargo de Profesor Regular Titular en la Facultad de Ingeniería Mecánica de la Universidad Tecnológica de Panamá;

  2. Que se declare que el reintegro del P.L.M.N.P., debe ser con el salario que corresponde al cargo descrito y reconocido los cambios de etapas, niveles o categorías, si corresponde;

  3. Que se declare el pago de los salarios dejados de percibir, desde la fecha de ejecutoria de la Resolución Nº013-2000, si corresponde;

  4. Que se orden la aceptación de la Licencia por Enfermedad formulada por el Profesor LUIS NELSON, en el caso que no proceda el reconocimiento escalafonario y salarial, desde la fecha en que fue solicitada.

  5. Que se declare que el Profesor LUIS NELSON no es responsable y por tanto no debe pagar suma alguna a la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMA, en concepto de Licencias por Estudios en el período comprendido entre el 16 de abril de 1995 al 31 de diciembre de 1997, por un monto de B/31,460.31

Entre los hechos u omisiones en que se fundamenta la demanda, el D.J.F. alega lo siguiente:

"III.1. El Prof. NELSON, a (sic) laborado en la Universidad Tecnológica de Panamá desde el año 1983. Durante el ejercicio de sus funciones y labores como Docente e Investigado de la Universidad Tecnológica de Panamá, el mismo ha aprovechado el tiempo al máximo para incrementar su conocimiento en beneficio no sólo personal sino también de la comunidad Universitaria, como se demuestra a continuación:

En el año 1987 obtiene beca y se le concede Licencia con Goce de Sueldo desde 1987 hasta 1989 (Dos (2) años) para realizar Estudios en el Exterior (de Maestría en Ingeniería Mecánica), los cuales culmina exitosamente y se reintegra a sus labores D. y de Investigación en la Facultad de Ingeniería Mecánica de la Universidad Tecnológica de Panamá.

En el año 1995 logra, por su propios medios y esfuerzos, ser aceptado en la Universidad "Georgia Institute of Technology" y se le concede Licencia con Medio Sueldo, desde 1995 hasta 1997 (Dos (2) años y Ocho (8) Meses y Medio (1/2)). El Prof. NELSON, trabajó al mismo tiempo que estudió durante su Doctorado, dado que la Licencia de Medio sueldo otorgada no era suficiente para cubrir todos sus gastos personales y académicos. Aún así el Prof. N., no sólo obtiene su Doctorado en Ingeniería Mecánica sino que también obtiene una segunda Maestría en Ingeniería Industrial. Todo esto dentro del período de los Dos (2) años y Ocho (8) Meses y Medio (1/2). Al terminar sus estudios de Doctorado se reintegra nuevamente a sus labores D. y de Investigación en la Facultad de Ingeniería Mecánica de la Universidad Tecnológica de Panamá.

Sobre la base de conversaciones con el Sr. RECTOR se le concede en 1999, permiso con sueldo por Tres (3) Meses y Quince (15) días, para formalizar el Convenio de Entendimiento de Colaboración Académica, Científica, Tecnológica y Cultural y el Programa de Intercambio de Profesores, Investigadores y Estudiantes, entre la Universidad Tecnológica de Panamá y la Universidad "Georgia Institute of Technology" de los Estados Unidos de Norteamérica. El Convenio de Entendimiento fue firmado, y parte del Programa de Intercambio fue establecido y aprobado durante este período. Este permiso también es utilizado para realizar labores de investigación en el "Manufacturing Resaerch Center" del Geogia Institute of Technology". Los datos y resultados de estas investigaciones conllevan a la publicación de un "paper" en revistas técnicas y científicas de los Estados Unidos de Norteamérica. El Dr. NELSON, aparece como co-autor y Profesor de la Universidad Tecnológica de Panamá, en dicha publicación, lo cual brinda reconocimiento y beneficio a la Universidad Tecnológica dentro de la comunidad científica internacional.

Durante el segundo (II) semestre de 1999, le solicita al Rector cambio de categoría de Profesor Regular Titular de Tiempo Completo a Profesor Titular de Medio Tiempo o Tiempo Parcial para realizar labores de investigación, Análisis y D. en la División de Ingeniería Mecánica de la Comisión del Canal de Panamá. Durante este segundo (II) semestre de 1999, el Prof. NELSON laboró en la Universidad Tecnológica dictando dos (2) cursos nocturnos.

III.2. El día 21º de febrero de 2000, se solicitó formalmente y por escrito al Decano de la Facultad de Ingeniería Mecánica Prof. BENIGNO VARGAS, Licencia Personal Nº Remunerada por...

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