Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 4 de Junio de 1993

PonenteEDGARDO MOLINO MOLA
Fecha de Resolución 4 de Junio de 1993
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma A., F. y F. en representación de TA TRIUMPH-ADLER AKTIENGESELLSCHAFT, ha interpuesto Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción para que se declare nula, por ilegal, la Resolución Nº184 de 31 de octubre de 1988, dictada por la Directora General de Comercio Interior y la Resolución Nº81 de 26 de julio de 1989, dictada por el Ministro de Comercio e Industria y para que se hagan otras declaraciones.

La parte actora fundamenta su pretensión en los siguientes hechos:

...

"6. Mediante solicitud No.042871 de 26 de noviembre de 1986, la sociedad denominada VIDA PANAMÁ, S.A. pidió el registro de la marca de comercio "ROYAL IMPERIAL", para distinguir: "toda clase de aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, eléctricos, máquinas registradoras, máquinas calculadoras" y otros aparatos comprendidos dentro de la clase 9 internacional.

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  1. TA TRIUMPH-ADLER AKTIENGESELLSCCHAT, presentó demanda de oposición contra el registro de la marca de comercio "ROYAL IMPERIAL" solicitado por VIDA PANAMÁ, S. A. dentro del plazo de tres (3) meses al cual se refiere el Artículo 29 del Decreto Ejecutivo No.1 de 3 de marzo de 1939.

  2. TA TRIUMPH-ADLER AKTIEGESELLSCHAFT viene usando las marcas "ROYAL" e "IMPERIAL" desde hace muchisímos años en productos comprendidos en la clase 9 internacional, que se venden en el mercado de la República de Panamá y en otras partes del mundo.

  3. Las marcas de fábrica "ROYAL" e "IMPERIAL" de propiedad de TA TRIUMPH-ADLER AKTIENGESELLSCHAFT, al igual que la marca de comercio "ROYAL" de VIDA PANAMÁ, S.A. amparan productos o mercancías idénticas y similares y de las mismas propiedades.

  4. Las marcas de fábrica "ROYAL" de la demandante y la marca "ROYAL" de VIDA PANAMÁ, S.A. son sustancialmente semejantes o parecidas y existe entre ellas evidente similitud e igualdad visual, fonética, gramatical y conceptual.

  5. La semejanza o parecido entre las marcas "ROYAL" y "ROYAL IMPERIAL", así como la identidad y similitud de los productos o mercancías amparados por las mismas, más el hecho de que la demandante es también dueña de una marca denominada "IMPERIAL" es susceptible de provocar en la mente del público consumidor errores, confusiones, equivocaciones o engaños respecto a la clase, calidad y procedencia de los productos amparados por una y otra marca.

    ...

  6. TA TRIUMPH-ADLER AKTIENGESELLSCHAFT, es asimismo la única persona con derecho a registrar la denominación "IMPERIAL" en Panamá, con respecto a productos de la Clase 9 internacional, por haber usado y registrado la misma con anterioridad en Guatemala un país miembro de la Convención General Interamericana de Protección Marcaria y Comercial, que es ley de la República de Panamá.

    ...

  7. En la demanda de oposición aludida, la demandante pidió el rechazo de la solicitud de registro de la marca de comercio "ROYAL IMPERIAL", por ser ésta sustancialmente parecida a sus marcas de fábrica previamente usadas y registradas y por amparar ambas, productos idénticos y similares y de las mismas propiedades, creando la posibilidad de engaño y error...

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