Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 5 de Julio de 2006

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución 5 de Julio de 2006
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La firma forense T. &V., quien actúa en representación de la sociedad ARENERA EL MUELLE, S.A., han presentado Demanda Contencioso-Administrativa de Plena Jurisdicción para que la Resolución No.11 del 13 de octubre de 2005, emitida por el Ministerio de Comercio e Industrias, sea declarada nula, por ser ilegal.

La firma forense T. &V. solicitó "la suspensión provisional, por urgencia notoria de la Resolución No. 11 de 13 de octubre de 2005...". Sin embargo, por razones de economía procesal, se procede a examinar la demanda con el objeto de determinar si la misma cumple con los requisitos mínimos para su admisión.

Se observa del examen de la demanda, la manifestación de los atacantes en el sentido que la Resolución N° 11 de 13 de octubre de 2005, dictada por la Dirección General de Recursos Minerales del Ministerio de Comercio e Industrias, sea declarada nula, por ilegal, y consecuentemente, las Resoluciones N° 20 de 10 de febrero de 2006 y la Resolución N° 55 de 6 de abril de 2006, estas últimas emitidas por el Ministro de Comercio e Industrias.

Sin embargo, al analizar la Resolución impugnada, con la misma se resolvió "RECHAZAR la solicitud de PRÓRROGA del contrato N° 11 de 9 de abril de 1995 a la empresa que hoy demanda la nulidad del acto..." Y, al verificar la Resolución N° 20 de 10 de febrero de 2006, se observa que la misma fue expedida por la Ministra de Comercio e Industrias Encargada y resolvió "RECHAZAR DE PLANO, POR IMPROCEDENTE, el Recurso de Revisión Administrativa interpuesta por la firma Troyano & Villalaz..." De igual manera, en la Resolución N° 55 de 6 de abril de 2006, expedida por el Ministro de Comercio e Industrias, se manifestó en la parte motiva lo siguiente: "Que, mediante memorial presentado el 16 de febrero de 2006, la firma forense TROYANO & VILLALAZ, en representación de la sociedad ARENERA EL MUELLE, S.A., presentó Recurso de Revisión Administrativa contra la Resolución N° 11 de 13 de octubre de 2005, el cual fue rechazado, por improcedente, mediante Resolución N° 20 de 10 de febrero de 2006, por no haber cumplido con los trámites y requisitos que requiere la formalización de dicho Recurso". Resolviendo que en su artículo primero "RECHAZAR DE PLANO, POR IMPROCEDENTE, el Recurso de Revisión Administrativa interpuesto por la firma forense TROYANO & VILLALAZ, en representación de la sociedad ARENERA EL MUELLE, S.A., mediante memorial presentado el 16 de febrero de 2006".

Como se observa, no consta dentro del...

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