Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 7 de Noviembre de 2003

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2003
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La licenciada B.O., ha promovido demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, en representación CORPORACIÓN WOVER, S.A., para que se declare nula, por ilegal, la negativa tácita por silencio administrativo de la Junta Comunal de Barrio Balboa, mediante la cual se niega la autorización para el expendio de bebidas alcohólicas en el Restaurante "Balcony Sport Café".

La presente demanda tiene su génesis en la presentación de una solicitud de autorización previa para que se expida la licencia comercial para el expendio de bebidas de acompañamiento, a favor del Restaurante "Balcony Sport Café", ante la Junta Comunal de Barrio Balboa, visible a foja 1 a 3 del expediente, sin que hasta la fecha exista respuesta al respecto.

  1. SOLICITUD DE SUSPENSIÓN PROVISIONAL

    El Magistrado Sustanciador pasa a examinar el libelo presentado, en vías de determinar si cumple con los requisitos que hacen viable su admisión, y en este punto advierte que el actor ha incluido en la demanda una petición de suspensión provisional de los efectos del acto acusado, visible a fojas 46 a 48 del expediente. La solicitud de medida cautelar es sustentada, en lo medular, bajo los siguientes términos:

    ". . .

    En el presente caso los perjuicios son notoria y evidentemente graves, así como de imposible reparación, como se deduce de la siguiente puntualización:

    1) Se realizó una inversión de Trescientos Mil Balboas para instalar un restaurante de categoría turística -de utilidad pública y de interés nacional- en el interior del país el cual, completamente dotado de su equipo y mobiliario, mantiene sus puertas cerradas y sus operaciones suspendidas por falta de un requisito formal de una entidad administrativa local que se abstiene de pronunciarse.

    2) Hay diecinueve personas panameñas trabajadoras, cuya planilla mensual asciende a Cinco mil balboas en promedio, padre y madres de familia cuyo sustento familiar depende de la operación de este restaurante turístico, que actualmente se encuentra en espera de continuar en sus trabajos y sin ingresos laborales, por la obnubilación de los responsables de expedir la referida formalidad. Este costo es exigible a mi comitente mientras se mantenga cerrado el establecimiento.

    3) La cuota obrero patronal que está dejando de percibir la Caja de Seguro Social asciende a la suma de Novecientos balboas en promedio mensual.

    4) Existe un préstamo concedido para la operación de este establecimiento comercial en el cual hay que pagar una...

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