Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 8 de Marzo de 2006
Ponente | Winston Spadafora Franco |
Fecha de Resolución | 8 de Marzo de 2006 |
Emisor | Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral |
VISTOS:
Conoce la Sala de la demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, interpuesta por el licenciado R.T., en representación de J.M.V., para que se declare nula, por ilegal, el Decreto Ejecutivo Nº 431 de 23 de agosto de 2002, dictado por conducto del Ministerio de Educación.
El acto impugnado decreta lo que a continuación se detalla:
"ARTÍCULO ÚNICO: Destitúyase a la siguiente persona, por violación comprobada de la Ley Orgánica de Educación.
Deshonestidad en el Manejo de los fondos destinados a Educación.
NOMBRE CARGO EFECTIVIDAD
CÉDULA DEPENDENCIA
S.S. PROVINCIA
SALARIO
PARTIDA
POSICIÓN
PLANILLA
VÁSQUEZ Educador N-1 18-VI-2002
JOSÉ MARÍA Director de Escuela Decreto Ejecutivo
4-101-1396 Primaria de II Categoría No. 340 de 27-XI-95
85-8990 Escuela Nuevo Velado
Chiriquí
B/.637.00
0.07.0.2.001.02.02.001
31815
VÁSQUEZ Director Regional de 18-VI-2002
JOSÉ MARÍA Educación Decreto Ejecutivo
4-101-1396 Interino por (4) años No. 340 de 27-XI-95
85-8990Dirección Regional de
Educación de Chiriquí
B/.1,100.00
0.07.0.1.001.02.04.001.
17512
420
..."
Se observa del expediente en estudio, que al demandante se le instruyó un expediente disciplinario con base en el Informe Especial de Auditoria Nº 19-7-2000 (fs 4-17. del 2do. expediente administrativo) en el cual se detectaron irregularidades en el manejo de los fondos provenientes en concepto de confección de letras y certificados de primaria y pre-escolar. Este informe de auditoria señaló que el profesor JOSÉ MARÍA DE LA CRUZ VÁSQUEZ, Director Regional de Educación de Chiriquí fue responsable de lo siguiente:
Autorizar a los supervisores de zonas escolares de primaria a recaudar ingresos por concepto de confección de letras en 7,989 certificados de primaria y pre-escolar.
Autorizar el pago de viáticos a supervisores como reconocimiento por haber recaudado los ingresos correspondientes a la confección de letras de los certificados.
Autorizar el uso de bienes del Estado para fines personales y lucrativos.
Contratar los servicios de la empresa Rema, S.A., la cual no está legalmente constituida y cuyo trabajador es su hermano, I.H.V.S..
En base a las irregularidades detectadas en el manejo de los fondos provenientes en concepto de confección de letras y certificados de primaria y pre- escolar, el 11 de julio de 2000, la Dirección General de Educación, resolvió suspender del cargo y de los salarios al J.M.V.S. (Ver fs. 86-88 del 2do. Expediente administrativo).Posteriormente, se le corre traslado del pliego de cargos al profesor VÁSQUEZ, no obstante, él mismo no logró desvirtuar los hechos de los cuales se le acusaban, por lo que se profirió la Resolución de 9 de marzo de 2001, a través de la cual se solicitaba al Órgano Ejecutivo a que por conducto del Misterio de Educación se destituyera al profesor J.M.V.S.. Tal decisión fue confirmada mediante...
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