Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 9 de Febrero de 2006

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2006
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado R.M., actuando en nombre y representación del señor M.C.S., presentó demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, a fin de que se declare nula, por ilegal, la Resolución No. D.G. 967-2002 de 8 de agosto de 2002, dictada por el Director General de la Caja de Seguro Social, acto confirmatorio, y para que se hagan otras declaraciones.

Una vez que esta Superioridad se avoca al examen de mérito de la pretensión, advierte que mediante auto de 17 de septiembre de 2005, se admitió como prueba aducida por la Procuraduría de la Administración, el expediente administrativo y clínico del señor M.C..

En esa dirección se observa, que aunque efectivamente fue remitido por la Caja de Seguro Social, mediante nota de 17 de junio de 2005, un cuadernillo que contiene información clínica y administrativa del asegurado M.C., dicho expediente no cuenta con la documentación relativa a la petición de reembolso por gastos médicos en el exterior del señor CERRUD, o los informes rendidos por la Comisión Médica Especializada del Servicio de Cirugía General, que evaluó el diagnóstico del asegurado sometido al tratamiento quirúrgico en el exterior, ni la tramitación que a este respecto, se manejó en la Dirección de Nacional de Servicios y Prestaciones Médicas.

Como esta información es de suma importancia para determinar aspectos medulares de la litis, conviene dictar auto para mejor proveer, a fin de acopiar la información antes mencionada.

Por consiguiente, la Sala Tercera de la Corte Suprema, administrando...

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