Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 9 de Marzo de 2006

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2006
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El doctor F.M.I., quien actúa en representación de E.B.C. (BARBERIAT. ha presentado Demanda Contencioso-Administrativa de Plena Jurisdicción, para que se declare nula, por ilegal, la Resolución No. 213-4651 de 28 de agosto de 2003, dictada por el Administrador Provincial de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas, los actos confirmatorios y para que se hagan otras declaraciones.

  1. CONTENIDO DEL ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO:

El administrativo atacado de ilegal es la resolución No. 213-4651 de fecha 28 de agosto de 2003 expedida por el Administrador Provincial de Ingresos de la Provincia de Panamá y en la cual en su parte medular resuelve:

"SANCIONAR al contribuyente E. B.C., con R.U.C.N. 6-25-32 (BARBERIA T. y dirección fiscal en Carrasquilla, Calle Primera, Corregimiento de San Francisco, teléfono 216-3694 al pago de la multa de TRES MIL BALBOAS ( B/.3,000.00), por el incumplimiento de la obligación de facturar y expedir facturas según lo establece el artículo 36 de la Ley Nº31 de 30 de diciembre de 1991 y los artículos 172 y 188 del Decreto Ejecutivo No. 170 de 27 de octubre de 1973..."

I.EL PETITUM:

El demandante solicita que previo los trámites de rigor se declare lo siguiente:

1- Que se declare ilegal, y por lo tanto nula, la resolución no. 213-4651 de 28 de agosto de 2003, dictad por el Administrador Provincial de Ingresos de la Provincia de Panamá, de la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas, resolución que decide sancionar al señor E. B., por el incumplimiento de documentar y expedir facturas según lo establece el artículo 36 de la Ley 31 de 1991 y los artículos 171 y 188 del Decreto Ejecutivo del 27 de octubre de 1993."

2- Que se declare que es ilegal, por lo tanto, nula, la resolución número 205-09 de 14 de febrero de 2004, dictada por la Comisión de Apelaciones de la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas, que decidió rebajar la multa de B/3,000.00 a B/1,000.00 impuesta al contribuyente ERNESTO BAULE.

3- Que como consecuencia de la declaratoria de ilegalidad y nulidad solicitadas, el señor E.B. no está obligado a pagar suma alguna en concepto de multa " por incumplimiento de la obligación de documentar y expedir facturas" en el desempeño de su oficio de barbero en su establecimiento.

III.HECHOS U OMISIONES FUNDAMENTALES DE LA ACCION:

Los hechos que sirven de sustento a la pretensión del actor los resumimos de la siguiente manera:

  1. El 28 de agosto de 2003, el administrador Provincial de Ingresos de la Provincia de Panamá, dictó la resolución No.213-4651, la cual impone una multa de B/3,000.00 al actor por " incumplir su obligación de documentar y expedir facturas", en su actividad de barbero.

  2. Que mediante resolución no.213-6593 de 2 de diciembre de 2003 se resolvió mantener en todas sus partes la resolución Nº. 213 -4651 y declarar improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por el señor BAULE, toda vez que el mismo no fue presentado mediante apoderado judicial.

  3. Que la Comisión de Apelaciones de la Dirección General de Ingresos decidió rebajar la multa impuesta de B/3,000.00 a B/1,000.00.

  4. Que la resolución atacada aplicó una norma legal a un caso no previsto en la misma, ya que el artículo 36 de la Ley 31 de 1991 (artículo 11 de la Ley 76 de 1976) recoge una disposición que establece la obligación de documentar y expedir facturas y establece las sanciones en caso de incumplimiento, y que su aplicación es incorrecta al caso en estudio.

    IV.DISPOSICIONES LEGALES INFRINGIDAS Y CONCEPTO DE LA INFRACCIÓN.

    A juicio del demandante el acto administrativo impugnado, así como la resolución confirmatoria violan en forma directa los literales a, b y c del artículo 11 de la Ley 76 de 1976, cuyo tenor es el siguiente:

    " Artículo 11. Obligación de documentar:

    a). Es obligatoria la expedición de facturas o de documentos equivalentes para documentar toda operación relativa a transferencias, venta de bienes y prestación de servicios, por parte de todas las personas que requieran licencia comercial o industrial para...

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