Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 9 de Diciembre de 2003

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2003
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

En grado de apelación conoce el resto de los Magistrado que integran la Sala Tercera, de la demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, promovida por el Lcdo. C.A., en representación de F.G.B., para que se declare nula, por ilegal, la Acción de Personal Nº 0437-03 de 21 de abril de 2003, dictada por la Autoridad Marítima de Panamá, el silencio administrativo, y para que se hagan otras declaraciones.

La presente demanda no fue admitida por el Magistrado Sustanciador, mediante auto de 20 de octubre de 2003, basándose en los siguientes argumentos:

En el presente caso, debemos anotar que, a pesar que el licenciado A., solicitara que antes de admitirse la demanda se autenticaran la Acción de Personal Nº 0437 de 3 de abril de 2003, el recurso de reconsideración y apelación en subsidio con sello de recibido de la entidad administrativa y una solicitud de certificación del silencio administrativo (ver f.16), omitió pedir que se requiriera al funcionario demandado la certificación de haberse producido el silencio o negativa de su pretensión a fin de probar el agotamiento de la vía gubernativa. Es necesario recalcar, que si el demandante no hace esta solicitud, la Corte no puede pedirle esta información al ente demandado, pues la misma sólo se hace a petición de parte.

Encontrándose el proceso en este estado los Magistrados que integran la Sala Tercera, proceden a emitir las siguientes consideraciones en torno a la apelación planteada.

Luego de un análisis del expediente se infiere, que en efecto, el actor no solicitó ante la Sala que se requiriera a la entidad demandada, certificación en la que constara si sobre el recurso de apelación interpuesto había recaído alguna decisión, con...

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