Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 11 de Mayo de 2007

PonenteHipólito Gill Suazo
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2007
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La firma forense CORREA, BORACE & ASOCIADOS, actuando en nombre y representación de la empresa FARMARO, S.A. interpuso ante la Sala Tercera de la Corte Suprema, demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción para que se declare nula, por ilegal, la Resolución DCP-016 de 29 de octubre de 2003, emitida por el Director del Instituto Oncológico Nacional, mediante la cual se adjudica a la empresa REPRICO, S.A. la solicitud de precio Nº 000051-2, requisición 030702, para la adquisición de medicamentos (Daunarrubicina 20 MG Polvo liofilizado vial para reconstituir), y para que se hagan otras declaraciones.

I-CONTENIDO DEL ACTO IMPUGNADO:

De fojas 84-85 de este expediente se advierte la Resolución impugnada Nº DCP-016 de 29 de octubre de 2003, dictada por el Director del Instituto Oncológico Nacional, mediante la cual resuelve lo siguiente:

ARTICULO PRIMERO: ADJUDICAR la solicitud de precio Nº

000051-2, requisición 030702, para la ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS

(DAUNORRUBICINA 20 MG POLVO LIOFILIZADO CIAL PARA RECONSTRUIR) conforme se

detalla:

EMPRESA RENGLÓN DESCRIPCIÓN CANTIDAD PRECIO UNITARIO

TOTAL

REPRICO,S.A 1 DAUNORRUBICINA 20 MG POLVO LIOFILIZADO CIAL

PARA RECONSTRUIR 125 VIAL 93.10 11,637.50

ARTICULO SEGUNDO: ADVERTIR que la presente resolución

solo es impugnable ante la Sala III de lo Contencioso Administrativo, de la

Corte Suprema de Justicia...

II-DISPOSICIONES INFRINGIDAS Y EL CONCEPTO DE LA VIOLACIÓN:

Sostiene la parte actora que la resolución impugnada transgrede los artículos 24 del Decreto Ejecutivo Nº 18 de 25 de enero de 1996 en concordancia con los numerales 5 y 6 del artículo 16 de la Ley 56 de 27 de diciembre de 1995. Las referidas disposiciones establecen lo siguiente:

"Artículo 24. En el acto de celebración de la apertura de sobres antes de la hora fijada y en el lugar indicado en los avisos, cada postor entregará el sobre que contiene su propuesta con la leyenda escrita como se indica en el pliego de cargos o formulario de propuesta.

Cada propuesta será presentada en sobre cerrado, el cual

contendrá la proposición ajustada al pliego de cargos o al formulario de

propuestas, el precio propuesto, el certificado de postor y la fianza de

propuesta conforme a los trámites establecidos, cuando así lo solicite la

entidad contratante.

Vencida la hora fijada de los avisos, no se recibirán mas

propuestas y el servidor público que presida la solicitud de precios procederá

a abrir los sobres en el orden cronológico de presentación y se dará lectura en

voz alta a las mismas.

Se rechazarán de plano, en el acto de apertura de los

sobres, las ofertas que no acompañen la fianza de propuesta, cuando así lo

solicite y las que no presenten el correspondiente certificado de postor.

De no requerirse evaluación de la propuesta, según el

formulario o pliego de cargos la entidad contratante adjudicará por menos

precio, sin embargo, se podrán escoger una propuesta de mayor precio cuando la

de menor precio no cumpla con los requisitos exigidos.

Terminado el acto de la lectura de las propuestas, quien

presida el mismo levantará un cuadro resumen en el que dejará constancia de lo

actuado.

El cuadro resumen lo firmarán todos los funcionarios y

participantes en el acto. Cuando algún licitante se negara a firmar o se haya

retirado del acto sin...

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