Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 11 de Agosto de 1994

PonenteEDGARDO MOLINO MOLA
Fecha de Resolución11 de Agosto de 1994
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El Licenciado PEDRO GONZÁLEZ ha interpuesto demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción, en representación de ALCOHOLES Y DERIVADOS, S.A., para que se declare nula, por ilegal, la Resolución Nº 220-PH-50 de 10 de marzo de 1993, dictada por la Administración Regional de Ingresos de H., acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones.

El Magistrado Sustanciador, procede a examinar el libelo incoado a fin de determinar si se cumplen los requisitos procesales que hagan procedente su admisión.

Se percata quien sustancia, que la demanda adolece de una serie de defectos formales que impiden su admisibilidad.

En primer lugar, la parte actora no ha cumplido con las exigencias establecidas en el artículo 49 de la Ley 135 de 1943, en virtud de que en ningún momento acompañó el respectivo comprobante de haberse consignado, en calidad de depósito, la suma correspondiente a favor del Tesoro Público, para poder ocurrir ante nuestra Sala con el objeto de ser liberado del pago del principal, intereses y otros recargos de ley.

La norma en comento es del tenor siguiente:

"ARTÍCULO 49. Si se trata de demanda sobre impuestos que se exigen o de créditos definitivamente liquidados a favor del Tesoro Público deberá acompañarse el respectivo comprobante de haberse consignado, en calidad de depósito, la suma correspondiente en la Oficina recaudadora.

Terminado el juicio respectiva, la cantidad deducida en la sentencia a cargo del contribuyente o deudor, ingresará definitivamente a los fondos del Tesoro y se devolverá al interesado el saldo que resulte, si lo hubiere".

En segundo lugar, el recurrente no ha acompañado a su libelo, copia debidamente autenticada del acto acusado de ilegal en cumplimiento de lo establecido en el artículo 44 de la Ley 135 de 1943.

En reiteradas ocasiones esta Sala (Contencioso Administrativo) ha...

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