Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 12 de Junio de 2006

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución12 de Junio de 2006
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El Licenciado C.E.C.G. ha presentado recurso de reconsideración contra la Resolución de 30 de marzo de 2006, emitida por la Sala Tercera de la Corte, mediante la cual previa revocatoria de la providencia de 9 de agosto de 2005 no admite la demanda contenciosa administrativa de plena jurisdicción, interpuesta por la sociedad New Spain Corporation, S.A., contra los Magistrados de la Dirección de Responsabilidad Patrimonial de la Contraloría General de la República.

El recurrente fundamentó su pretensión sobre la base de que la Contraloría General de la República inició una investigación patrimonial por la aprobación y manejo de créditos por el Banco Nacional de Panamá a la sociedad Promotora Nacional de Vivienda, S.A., remitiendo dicho expediente a la Dirección de Responsabilidad Patrimonial; que dentro de dicha investigación se cautelaron bienes de la empresa New Spain Corporation, S.A., debido a una supuesta relación con J.A.P.S. quien de manera temporal, ejerció un cargo de dirección en la empresa en mención.

Igualmente señala, que la empresa New Spain Corporation, S.A., y el señor J.A.P.S. no guardan relación con la investigación que iniciara la Contraloría General de la República, por lo que considera que la medida cautelar es contraria a derecho y le causa grave perjuicio a su mandante.

Ante lo señalado, el procurador judicial interpuso solicitud de levantamiento de medida cautelar, y en virtud de que la referida solicitud no fue resuelta, lo cual consideró silencio administrativo, presentó demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción.

En torno a lo señalado con anterioridad, la demanda de plena jurisdicción fue admitida tal como se constata en autos mediante Resolución de 9 de agosto de 2005; dicha resolución fue apelada por la Procuraduría de la Administración según Vista No.021 de 17 de enero de 2006, y mediante la Resolución de 30 de marzo de 2006, el resto de la Sala Tercera revocó la Resolución de 9 de agosto de 2005, y ordenó la no admisión de la demanda de plena jurisdicción.

OPISICION DE LA PROCURADURIA DE LA ADMINISTRACIÓN

Conforme a la Ley, la Procuraduría de la Administración se apresta hacer sus descargos en el negocio que nos ocupa, y señala que el recurso de reconsideración presentado contra la Resolución de 30 de marzo de 2006, que no admite la demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, interpuesta por la sociedad New Spain Corporation, S.A., debe ser rechazado, ya que no cumple con los...

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