Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 13 de Mayo de 2004

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2004
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado A.V., actuando en representación de CABLE AND WIRELESS S.A., ha presentado demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, a fin de que se declare nula, por ilegal, la Resolución No. JD-4234 del 26 de septiembre de 2003, dictada por el Ente Regulador de los Servicios Públicos, el acto confirmatorio, y para que se hagan otras declaraciones.

Mediante el acto impugnado, se ordenó a la empresa CABLE & WIRELESS PANAMA S.A., que proceda a la reparación o reemplazo de veinte teléfonos públicos, identificados en dicho acto, a fin de que presten servicio continuo e ininterrumpido a las comunidades donde están situados, a la vez que sancionó a la empresa de telecomunicaciones con multa de mil balboas por cada uno de los veinte teléfonos antes mencionados, por incumplir con las leyes reguladoras de las telecomunicaciones y el contrato de concesión suscrito con el Estado.

  1. SOLICITUD DE SUSPENSIÓN PROVISIONAL

    Con la petición de declaratoria de nulidad de la Resolución No. JD-4234 del 26 de septiembre de 2003, y de restablecimiento del derecho conculcado, el actor ha presentado en escrito separado, una solicitud especial a fin de que la Sala Tercera suspenda provisionalmente, los efectos de la Resolución que se impugna, argumentando básicamente lo siguiente:

    1. Que de no darse la suspensión provisional de la Resolución impugnada, se le causaría un perjuicio notoriamente grave a Cable & Wireless Panamá S.A., (periculum in mora), constituido por el importe de veinte mil balboas que la empresa deberá pagar en concepto de multa.

      En tal sentido, el accionante señala que el pago de esta sanción representa un perjuicio económico a la empresa, que tendría que cancelar la multa antes de que se decida ante el Tribunal Contencioso Administrativo, la legalidad de la medida sancionatoria.

    2. Que la sanción impuesta conlleva una ostensible violación al ordenamiento jurídico.

      Señala en este contexto, que el Ente Regulador, al momento de expedir el acto impugnado, dejó de aplicar las reglamentaciones emitidas por dicha entidad relacionadas con la fiscalización de los niveles de calidad de los servicios prestados por los concesionarios de telecomunicaciones, particularmente en lo relativo al control de los teléfonos públicos.

      Añade, que la sanción impuesta a la empresa Cable & Wireless también se apartó del esquema sancionatorio previsto en la ley, puesto que le aplicó sanciones distintas a las consagradas en el numeral 2 del artículo 57 de...

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