Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 14 de Febrero de 2005

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2005
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La Licenciada C.R., quien actúa en nombre y representación de F.G.B.M., ha promovido una Demanda Contencioso-Administrativa de Plena Jurisdicción para que se declare nula, por ilegal, la Resolución 5581 de 19 de mayo de 2004 emitida por la Dirección Nacional de Migración y Naturalización del Ministerio de Gobierno y Justicia, y solicita además, se hagan otras declaraciones.

La decisión comunicada por la Dirección Nacional de Migración y Naturalización del Ministerio de Gobierno y Justicia a la demandante resolvió negar la solicitud de visa de inmigrante en calidad de casada con panameño, concediéndole un término para abandonar el territorio nacional.

Agotada la vía gubernativa, mediante la interposición de un recurso de apelación que culminó con la emisión del Resuelto N° 395-R-220 de 17 de noviembre de 2004 que confirma en todas sus partes la resolución impugnada, la demandante comparece a esta jurisdicción demandando la ilegalidad del precitado acto administrativo.

El Magistrado Sustanciador procede a la revisión de la acción promovida, a fin de comprobar si cumple con los requisitos legales y jurisprudenciales que hagan posible su admisión.

El artículo 43 de la Ley 135 de 1943 estipula los requisitos que deberá tener toda demanda que se interponga ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Entre ellos tenemos que es menester que la parte demandante establezca claramente la expresión de las disposiciones que se estimen violadas y el concepto de la violación.

Observa esta Superioridad que la demandante es su escrito de demanda señala como una de las disposiciones infringidas el artículo 52 de la Constitución Nacional. Toda vez que este tipo de acciones tiene como objeto determinar la ilegalidad de la resolución impugnada y no la inconstitucionalidad de la misma, la demanda adolece de un defecto en ese sentido.

Por otra parte, la demanda carece del requisito relativo a determinar el concepto...

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