Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 14 de Diciembre de 1993

PonenteMIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 1993
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El licenciado L.F.M. ha interpuesto demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, en representación de O.E.R., para que se declare nulo, por ilegal, el Decreto de Personal No. 155 de 17 de septiembre de 1991, expedido por conducto del Ministerio de Hacienda y Tesoro, mediante el cual se declara insubsistente el nombramiento de O.R..

Acogida la demanda se le corrió traslado de la misma al señor Procurador de la administración por el término de Ley, y se solicitó al Ministro de Hacienda y Tesoro que rindiera un informe de su actuación en el término de cinco días.

La parte actora fundamenta su demanda en los siguientes hechos:

"TERCERO: A pesar de que el señor O.E.R.A., es funcionario de C. en el Ministerio de Hacienda y Tesoro, se le destituyó sin un proceso previo y sin haber sido escuchado. La calidad de funcionario de Carrera de O.E.R.A., consta en el certificado No. 687 de 28 de marzo de 1968, expedido con fundamento en los artículos 18, 19 y 38 de la Ley 4 de enero de 1961.

CUARTO

Prueba de lo ilegal del Decreto No. 155 de 17 de septiembre de 1991, es el hecho de que ni siquiera se menciona el fundamento legal de la medida allí adoptada.

QUINTO

Al señor O.E.R.A., no se le ha formado siquiera un expediente administrativo que recoja las supuestas pruebas para su destitución.

SEXTO

La medida adoptada por el ejecutivo, hasta donde tenemos conocimiento, está motivada por unas denuncias infundadas que se han formulado contra O.E.R.A., las que han ido adelantando el Ministerio Público y cuyos resultados están demostrando lo infundadas de las mismas.

SÉPTIMO

Prueba de lo anterior es que en un supuesto caso de extorsión que se le imputa a O.E.R.A., ya el Ministerio Público ordenó dejar sin efecto la suspensión del cargo que se había decretado contra R. (Oficio No. 10641 de 26 de noviembre de 1991), y mediante Vista Fiscal No. 476 de 29 de noviembre de 1991 solicitó su sobreseimiento provisional o en su defecto definitivo" (fs. 19-20).

Por su parte, el señor Ministro de Hacienda y Tesoro manifestó en el informe de conducta que el señor O.E.R. fue destituido en varias ocasiones y el recurrente nunca hizo uso de los recursos a que tenía acceso para hacer valer su alegada condición de empleado de carrera. "La no oposición por parte del recurrente a las reiteradas destituciones de que ha sido objeto son una clara aceptación de las mismas y el último nombramiento realizado mediante...

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