Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 15 de Junio de 1995

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución15 de Junio de 1995
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma forense Meléndez-Cruz y Asociados, actuando en representación de EMILIO MC ENTOCH, ha interpuesto demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción con el objeto de que se declare nulo por ilegal, el Decreto de Personal Nº 31 de 14 de marzo de 1994, emitido por el Presidente de la República por conducto del Ministerio de Hacienda y Tesoro, el acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones.

En la demanda se formula una pretensión contencioso administrativa de plena jurisdicción consistente en una petición dirigida a la Sala Tercera para que ésta declare la nulidad del Decreto de Personal Nº 31 de 14 de marzo emitido por el Presidente de la República por conducto del Ministerio de Hacienda y Tesoro, como también el acto confirmatorio contenido en la Resolución Nº 64 de 17 de mayo de 1994, dictada por el Ministro de Hacienda y Tesoro, y que como consecuencia de todo lo anterior, se ordene: el reintegro de su representado, el pago de dos meses de vacaciones y el pago de 6491.13 en concepto de horas laboradas y no pagadas.

El Ministro de Hacienda y Tesoro a. i., envió el respectivo informe de conducta mediante la Nota Nº 101-01-618-DMHYT de 26 de julio de 1994. En dicha nota, que reposa de fojas 17 a 19 del expediente, se expresa lo siguiente:

"1. Que el señor EMILIO H. MC ENTOSH con cédula de identidad personal Nº 8-275-792 fue nombrado en ésta institución mediante Decreto Nº 183 de 29 de noviembre de 1991.

  1. Que mediante Decreto de Personal Nº 31 de 14 de marzo de 1994, el Presidente de la República y el Ministro de Hacienda y Tesoro, en uso de sus facultades legales y constitucionales decretaron la insubsistencia del nombramiento del señor E.H.M.E. del puesto que ocupaba en este Ministerio.

  2. Que el señor EMILIO MC ENTOSH presentó Recurso de Reconsideración en contra del decreto acusado y, el Ministro de Hacienda y Tesoro, debidamente facultado por el Presidente de la República y de conformidad con lo que establece el artículo 181 de la Constitución Nacional decidió, mediante Resolución Nº 64 de 17 de mayo de 1994, confirmar el acto contenido en el Decreto Ejecutivo Nº 31 de 14 de marzo de 1994.

  3. Que es un hecho cierto que el señor EMILIO MC ENTOSH cuyo nombramiento como funcionario público se efectuó mediante Decreto Nº 183 de 29 de noviembre de 1991, no se encuentra amparado por el régimen de carrera administrativa y, por tanto, no goza de estabilidad como funcionario público.

  4. Que en virtud de las consideraciones expuestas, resulta evidente que el acto administrativo mediante el cual se declaró la insubsistencia del recurrente, es perfectamente legal, ya que al no gozar el demandante de status de carrera y, por tanto, de estabilidad en su cargo, es potestativo del Órgano Ejecutivo el nombramiento y remoción de...

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