Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 16 de Enero de 2007

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución16 de Enero de 2007
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El Licenciado M.S.O.,, actuando en nombre yrepresentación de L.A.C.C., interpone demanda Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción, para que se declare nula, por ilegal, la Resolución No. 205-79 de 20 de julio de 2006, dictada por la Dirección General del Ministerio de Economía y Finanzas.

La Ponencia, procede con la revisión de admisibilidad de la demanda con el objeto de comprobar el cumplimiento o no de los requisitos procesales necesarios para tal fin. En ese ejercicio, se observa la carencia de un número plural de aspectos formalisticos eminentemente necesarios para que surta su admisibilidad. Dentro de los requerimientos específicos para la admisión de la acción privada o demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, están: a. Acompañar la demanda con copia autenticada del acto administrativo impugnado, b. Se tiene que agotar la vía gubernativa, la cual extingue a los dos meses después de la notificación del acto que término la vía, c. Solicitar con claridad la restitución del derecho subjetivo, d. Individualizar el acto impugnado, e. Designación de las partes, sus representantes, lo que se demanda y los hechos y omisiones de la acción, d. Se tiene que transcribir la norma supuestamente violada, y f. Se debe explicar el concepto de la infracción de la disposición supuestamente violada.

Sobre el particular, veamos a continuación en que radica tales deficiencias:

  1. El acto administrativo demandado es la Resolución No. 205-79 de 20 de julio de 2006. Esta resolución, decidió dentro de la vía gubernativa sobre el recurso de apelación interpuesto por el representante legal de L.A.C.C. y en ella, la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas resolvió "Confirmar en todas sus partes la Resolución No. 213-6526 de 26 de noviembre de 2003, que fuera mantenida por la Resolución No. 213-3028 de 8 de mayo de 2006, ambas dictadas por la Administración Provincial de Ingresos de la Provincia de Panamá, contra el contribuyente L.A.C.C., con R.U.C. No.8-63-237, propietario del establecimiento comercial denominado (PANADERIA, ABARROTERIA Y CANICERIA (sic) MELISA)... al pago de multa por la suma de (B/3,000.00), por el incumplimiento de la obligación de expedir facturas o documentos equivalentes, según lo establece el artículo 36 de la Ley 31 de 30 de diciembre de 1991 y los artículos 172 y 188 del Decreto Ejecutivo No. 170 de 27 de octubre de 1993" (fs. 1-3).

  2. evidente que el acto administrativo que...

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