Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 16 de Febrero de 2004

PonenteArturo Hoyos
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2004
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado A.G., actuando en nombre y representación de D.J.D.G., ha interpuesto ante la Sala Tercera de la Corte Suprema, demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción para que se declare nula, por ilegal, la Resolución Nº 714-04-10403 de 23 de mayo de 2003, dictada por la Administración Regional de Aduanas, Zona Occidental, y los actos confirmatorios.

En ese orden de ideas, quien suscribe estima que la presente demanda no puede ser admitida, toda vez que en el apartado de lo que se demanda, la apoderada judicial de la actora omite solicitar el restablecimiento del derecho subjetivo lesionado. En efecto, de acuerdo con lo preceptuado por el artículo 43A de la Ley 135 de 1943, ello constituye un requisito indispensable en las demandas de plena jurisdicción, entendiéndose que el demandante además de pedir la declaratoria de nulidad de los actos acusados de ilegales, debe manifestar claramente el derecho conculcado y de qué manera el mismo puede ser restablecido.

De otro modo, el apoderado judicial de la parte actora omite hacer una exposición clara y detallada de los hechos y omisiones fundamentales de la acción, tal y como lo prevé el numeral 3 del artículo 43 de la Ley 135 de 1943. Nótese que en este apartado, el demandante incurre en el error de citar normas legales y constitucionales explicando, además, el concepto de...

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