Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 16 de Mayo de 2007

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2007
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La licenciada D.V. actuando en representación de ARTURO G. FUENTES C., ha presentado demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción para que se declare nula, por ilegal, la Resolución Nº 025 de 10 de septiembre de 2004, emitida por el Director General del Instituto de Investigación Agropecuaria de Panamá -en adelante IDIAP- el silencio administrativo y para que se hagan otras declaraciones.

Mediante el acto impugnado, se destituyó al señor A.F. como ingeniero agrónomo I dentro de la estructura de Personal del IDIAP, a partir del 16 de septiembre de 2004. Su destitución se fundamentó en la facultad discrecional con el cuenta la autoridad nominadora para remover al personal de libre nombramiento y remoción, a tenor de lo dispuesto en el artículo 16 (literal h) de la Ley 51 de 1976, "Por la cual se crea el Instituto de Investigación Agropecuaria de Panamá y se determina su organización y funciones".

Inconforme con la decisión adoptada, el afectado promovió recurso de reconsideración el 23 de septiembre de 2004; sin embargo, argumentó que para el 23 de noviembre del mismo año no había obtenido una respuesta a su solicitud. Por tanto, bajo la figura del silencio administrativo el señor FUENTES interpone su demanda de plena jurisdicción ante esta Sala, el 13 de enero de 2005, pidiendo no sólo la nulidad de la Resolución Nº 025 de 10 de septiembre de 2004 sino su reintegro al cargo y el pago de salarios caídos. Su pretensión tiene como base legal los artículos 10 de la Ley 22 de 30 de enero de 1961; 34 de la Ley 38 de 31 de julio de 2000; 32 de la Constitución Nacional; y 5 de la Ley 9 de 20 de junio de 1994 (fs. 42-57).

Una vez surtidos todos los trámites pertinentes a una acción contencioso-administrativa de plena jurisdicción, y encontrándose el proceso en estado de fallar, el Magistrado Sustanciador advierte que el punto medular en conflicto consiste en dilucidar, si en efecto, el señor FUENTES era un profesional idóneo de las ciencias agrícolas al servicio de una institución estatal como lo es el Instituto de Investigación Agropecuaria de Panamá (IDIAP), amparado por estabilidad; requiriéndose por Ley la ocurrencia de una causal para proceder a su despido.

Los datos que revelan la formación profesional y experiencia laboral del demandante en el IDIAP debería estar incorporada en el expediente administrativo que fue acogido como prueba aducida por la Procuradora de la Administración y la...

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