Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 16 de Noviembre de 2001
Ponente | ADÁN ARNULFO ARJONA L |
Fecha de Resolución | 16 de Noviembre de 2001 |
Emisor | Primera de lo Civil |
VISTOS:
Dentro de la demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción propuesta para que declare nulo, por ilegal, el Decreto Ejecutivo de Personal No. 200, de 29 de mayo de 2001, dictado por conducto del Ministro de Gobierno y Justicia, el licenciado E.B.M., apoderado judicial del demandante R.D.A.M., ha solicitado la suspensión provisional de la utilización de la Posición No. 2063, Código 80225040, P. 101, que ocupaba su representado en el Servicio Aéreo Nacional.
Las razones que sustentan su petición formulada se describen a continuación:
...tenemos conocimiento que el Director General de dicha dependencia estatal, M.C.V., pretende asignar la Partida Presupuestaria correspondiente a dicha posición para realizar ascensos; circunstancia que afectaría un fallo favorable de la Corte que ordene la restitución del afectado al destino público que ejercía en el Servicio Aéreo Nacional.
...
Si el Servicio Aéreo Nacional del Ministerio de Gobierno y Justicia dispone de la Partida Presupuestaria que respaldaba la posición que ocupaba R.D.A.M., le causará a mi representado perjuicios notoriamente graves si es restituido al cargo, porque no existirían los fondos para afrontar tal medida y tendría que esperar hasta que el Ejecutivo decida asignar las partidas correspondientes para tal fin.
El artículo 73 de la Ley 135 de 1943 establece que la Sala puede suspender provisionalmente los efectos de un acto, resolución o disposición, sí, a su juicio, ello es necesario para evitar un perjuicio notoriamente grave.
En este caso se observa que la solicitud va dirigida contra la posible utilización de la partida presupuestaria asignada a la posición que era ocupada por R.A..
Como se puede advertir claramente la petición tiene sustento en una mera especulación del demandante. No consta en autos que tal hecho haya ocurrido o se haya emitido acto alguno que ordene su ejecución.
Es así pues que el demandante afirma que tiene conocimiento de las pretensiones que en tal sentido tiene el Director General del Servicio Aéreo Nacional, dependencia...
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