Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 23 de Marzo de 2005

PonenteHipólito Gill Suazo
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2005
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La licenciada R.B., quien actúa en nombre y representación de G.A., CARMEN CORTEZ Y CEDALIA URIETA, ha promovido Demanda Contencioso-Administrativa de Plena Jurisdicción para que se declare nula, por ilegal, la Resolución D.E./NO.43/2004 de 19 de abril de 2004, proferida por la Dirección Ejecutiva del Instituto Panameño Autónomo Cooperativo, actos confirmatorios y otras declaraciones.

La parte recurrente solicita se decrete la nulidad de la resolución precitada, la cual declaró válida la resolución Nº 17 de 27 de marzo de 2004 que "...aprobó la remoción de los miembros de la Junta de Directores de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DEL EDUCADOR VERAGUENSE, R. L. (COOPEVE R.L.), en su Asamblea de D. XXXIV así como la elección de los nuevos Directores elegidos en dicha Asamblea y de las Resoluciones y Acuerdos adoptados en esa Asamblea con posterioridad a la referida resolución N° 17 de 27 de marzo de 2004" (ver foja 31 del expediente contentivo del presente proceso).

La resolución impugnada fue objeto de recurso de reconsideración que fue decidido mediante Resolución D.E./79/2004, la cual confirmó en todas sus partes la decisión originaria y que a su vez fue apelada produciéndose finalmente la emisión de la Resolución J.D./21/2004, la cual también confirmó el acto principal y que agotó la vía gubernativa.

Observa esta Superioridad que no consta en autos la fecha en que esta última decisión fue notificada a la parte afectada, elemento de juicio necesario para verificar la admibilidad de la acción presentada, de conformidad con lo establecido en el artículo 27 de la ley 33 de 1946.

Esta Sala tiene potestad para dictar autos de mejor proveer con la finalidad de aclarar los puntos dudosos u obscuros de la controversia, tal como lo estipula el artículo 62 de la ley 135 de...

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