Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 24 de Marzo de 2000

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2000
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El Licenciado H. Bellido, actuando en representación de E.M.Q., ha presentado demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, con el objeto de que se declare nula por ilegal la Resolución Nº 4150-97 DNP de 10 de octubre de 1997, dictada por la Directora General de la Caja de Seguro Social, los actos confirmatorios y para que se hagan otras declaraciones.

Mediante el acto demandado se resuelve destituir por extraer datos o información de carácter privado o confidencial, sin ninguna autorización para fines personales aprovechándose de la naturaleza de su cargo, a partir de la fecha de la notificación de esa resolución al señor E.M., seguro social Nº 375-0062, identificación 810-03-93779, del cargo de A.I. que desempeñaba en la Sección de Archivos, del Departamento de Ingresos, Cambios y Separaciones de la Dirección Nacional de Personal.

  1. La pretensión y su fundamento.

    En la demanda se formula pretensión consistente en petición para que la Sala Tercera declare que es nula por ilegal, la Resolución Nº 4150 DNP de 10 de octubre de 1997, dictada por la Directora General de la Caja de Seguro Social y los actos confirmatorios contenidos en la Resolución Nº 0129-98 DNP, fechada el 16 de enero de 1998, dictada por la Directora General de la Caja de Seguro Social y la Resolución Nº 16,019-98 J.D., fechada el 7 de mayo de 1998, proferida por la Junta Directiva de la Caja de Seguro Social. Como consecuencia de las declaraciones anteriores, se solicita a la Sala que ordene el reintegro del señor M. a su puesto de trabajo en la Caja de Seguro Social y ordene el pago de los salarios dejados de percibir desde su destitución hasta que se haga efectivo el reintegro.

    Entre los hechos u omisiones fundamentales de la acción se destaca que en la investigación efectuada no se desprende que la falta en que haya podido incurrir el señor E.M.Q., preste mérito para que se le aplique la más drástica de las sanciones como lo es la destitución, pues, era un funcionario ejemplar. El cuadro básico de sanciones de la Caja de Seguro Social y del Ministerio de Salud, establece un sistema gradual de sanciones que van de la más atenuada a la más drástica, en este caso la destitución.

    Según el apoderado judicial de la parte demandante, no debe perderse de vista que las sanciones disciplinarias para su aplicabilidad tienen que ser aprobadas por ley y siendo que en el Decreto Ley 14 de 1954, no existe un sistema un sistema de faltas, penas y sanciones, por lo...

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