Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 25 de Abril de 2003

PonenteArturo Hoyos
Número de expediente221-02
Fecha25 Abril 2003
Categoríacódigo de comercio

VISTOS:

El licenciado L.C.G., actuando en nombre y representación de BENJAMÍN A. JURADO, ha interpuesto ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, con el fin de que se declare nula, por ilegal, la Resolución No.4 de 6 de marzo de 2002, dictada por el Alcalde Municipal del Distrito de San Carlos y para que se hagan otras declaraciones.

ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO:

El propósito de la demanda en estudio lo constituye la declaratoria de ilegalidad de la Resolución No.4 de 6 de marzo de 2002, dictada por el Alcalde Municipal del Distrito de San Carlos, la cual ordena el cierre definitivo de la CANTINA EL PUENTE, ubicado en avenida Central #1890 distrito de San Carlos, propiedad del señor B.J., a partir de la notificación de la presente resolución.

Como consecuencia de la declaración anterior, la parte actora solicita que se declare que el señor B.A.J.J., puede continuar operando el establecimiento comercial de su propiedad amparado con la licencia comercial tipo "B" No.4774 de fecha 9 de julio de 1973.

FUNDAMENTO DE LA DEMANDA:

De acuerdo con la parte actora, la Resolución No.4 de 6 de marzo de 2002, dictada por el Alcalde Municipal del Distrito de San Carlos, infringió los artículos 2, 12 y 13, literales a) y e), de la Ley 55 de 10 de julio de 1973 "por la cual se regula la administración, fiscalización y cobro de varios tributos municipales".

La primera de estas disposiciones que se estima como violada es el artículo 2 de la Ley 55 de 10 de julio de 1973, cuyo texto es el siguiente:

"ARTÍCULO 2. La venta de bebidas alcohólicas sólo podrá efectuarse mediante licencia expedida por el Alcalde del respectivo Distrito, previa autorización de la Junta Comunal y para poder operar deberá obtenerse licencia comercial otorgada por el Ministerio de Comercio e Industrias a nombre del interesado..."

A juicio del recurrente la norma transcrita fue quebrantada de forma directa por omisión, toda vez que el señor B.A.J. en ningún momento ha tramitado ante el Alcalde de S.C. licencia para la venta de bebidas alcohólicas y no la estaba tramitando, pues ya poseía licencia comercial desde el año 1973, al igual que poseía la autorización de la Junta Comunal de esa época, licencia y autorización que nunca le ha sido suspendida por autoridad del Municipio de S.C., durante el tiempo que la ha ostentado hasta la fecha.

Otra disposición señalada como violada es el artículo 12 de la Ley 55 de 10 de julio de 1973, que preceptúa lo siguiente:

"ARTÍCULO 12. No se concederá sin excepción licencia para el funcionamiento de cantinas, en lugares situados a distancia menor de cien (100) metros en el interior de la República y de quinientos (500) en las ciudades de Panamá y Colón y en San Miguelito de las escuelas y hospitales públicos y privados y de templos religiosos."

La parte actora al exponer el concepto de la infracción, manifiesta que esta norma se violó directamente, ya que el señor alcalde ha aplicado la norma a un caso que no corresponde, sin mediar procedimiento alguno, ni dar oportunidad al demandante de que participe en diligencia pericial, pues ha utilizado a un funcionario del Municipio de San Carlos para realizar una medición que corresponde a profesionales de la ingeniería, topografía, agrimensura en su caso, para establecer una distancia y sin establecer que la persona utilizada es la idónea para realizar la labor encomendada. Agrega que como la licencia de funcionamiento ya ha sido otorgada previamente, por lo que no puede utilizarse la norma citada para ser aplicable al presente caso.

Finalmente, indica que la nota impugnada transgrede los literales a) y e) del artículo 13 de la Ley 55 de 10 de julio de 1973, que dice:

  1. "ARTÍCULO 13. El Alcalde de cada Distrito podrá cancelar la licencia de cantinas y bodegas y procederá a su cierre en los casos siguientes:cuando hayan incurrido en mora en el pago del impuesto respectivo por más de tres (3) meses.

  2. ...

  3. ...

  4. ...

  5. Cuando por razones de interés social lo solicite la Junta Comunal respectiva."

Señala el demandante que la norma transcrita fue infringida directamente por comisión, pues el Municipio de San Carlos se ha negado a recibir del demandante el pago que corresponde al impuesto debido por la operación del establecimiento comercial de éste, lo que haría que el mismo incurriese en mora, provocando la causal del literal a) y el e) de la norma citada.

INFORME DE CONDUCTA DEL FUNCIONARIO DEMANDADO:

El Alcalde Municipal del Distrito de S.C., mediante la Nota Nº 280 de 16 de julio de 2002 (fs.26-32), rindió su informe explicativo de conducta en el que señala que el señor B.J. es titular de la licencia comercial tipo B, clasificada como Nº 4774 que fuera otorgada por el Ministerio de Comercio e Industrias para operar un establecimiento comercial denominado "Cantina El Puente", con ubicación en la Carretera Interamericana cerca del puente del Río Matahogado, distrito de S.C., provincia de Panamá, que tendría como principal actividad la venta de licores al por menor y bailes. Indica que el señor Jurado el día 14 de enero de 2000 presentó escrito ante la Tesorería del Municipio de S.C. en el que solicita que se le asigne el impuesto correspondiente y también el de una mesa de billar porque a partir de la fecha estaría reabriendo su negocio Cantina El Puente, con licencia #4774, ubicado en el Corregimiento Cabecera, Avenida Central 1890. Agrega que esta solicitud de aforo fue tramitada por el Tesorero Municipal, toda vez que no constaba en los archivos municipales que el señor B.J. hubiera solicitado y obtenido el permiso de la Junta Comunal y la licencia del alcalde para vender bebidas alcohólicas en el lugar indicado en su nota de 14 de enero de 2000. También señala que mediante nota de 14 de enero de 2000 dio respuesta a la solicitud del señor Jurado indicándole que para un cambio de domicilio debería haberse solicitado toda la tramitación como la primera vez, situación ésta que no se ha cumplido y, además, se le indicó que el lugar escogido como sede del comercio no cumple con las distancias reglamentarias, ya que a pocos pasos funciona el Centro de Salud, por lo que no se puede conceder permiso para un local de expendio de licor. Manifiesta que el señor Jurado, a través de su apoderado judicial, interpone contra la nota en mención acción de amparo de garantías...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR