Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 25 de Agosto de 2000

PonenteADÁN ARNULFO ARJONA L
Fecha de Resolución25 de Agosto de 2000
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El licenciado R.M., en nombre y representación de D.J.L.D.L., ha interpuesto demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, para que se declare nula, por ilegal, la Resolución No. 877, de 7 de septiembre de 1998, dictada por el Director General del Instituto Panameño de Habilitación Especial (I.P.H.E.) y actos confirmatorios.

El funcionario demandado en su Nota No. 150-99 D.G., de 20 de febrero de 1999, sostiene que en este caso se observó lo dispuesto en el Acuerdo suscrito en 1979 entre el Ministerio de Planificación y Política Económica, el Ministerio de Salud y la Caja de Seguro Social y en el Acuerdo celebrado por el Ministerio de Salud y la Asociación Panameña de Kinesiólogos en 1992.

Agotados los trámites procesales previos a la etapa decisoria, los Magistrados de la Sala consideran necesario, para mejor proveer, de acuerdo con lo establecido en el artículo 62 de la Ley 135 de 1943, y los artículos 782, 880 y 1712 del Código Judicial, solicitar a la Dirección General del Instituto Panameño de Habilitación Especial envie copia autenticada de los Acuerdos suscritos entre el Ministerio de Planificación y Política Económica, el Ministerio de Salud y la Caja de Seguro Social en 1979 y...

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