Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 27 de Abril de 2007

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución27 de Abril de 2007
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

En grado de apelación, conoce el resto de la Sala Tercera de la Corte Suprema, de la demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción interpuesta por la firma FONSECA Y ASOCIADOS en representación de DAOUD OURFALI ABADI, para que se declare nula, por ilegal, la Resolución No. 223 de 21 de diciembre de 2005, emitida por el Director de Catastro y Bienes Patrimoniales del Ministerio de Economía y Finanzas, acto confirmatorio, y para que se hagan otras declaraciones.

Mediante providencia de 19 de enero de 2007, el Magistrado Sustanciador admitió la demanda presentada.

Ese acto procesal fue apelado por el tercero interesado en el proceso, la sociedad Agro Investments Lusel Inc., manifestando en lo medular que el acto acusado y su acto confirmatorio, son en realidad actos preparatorios o de mero trámite, explicando lo siguiente:

  1. -Que dichos actos se dictan dentro de un procedimiento administrativo iniciado a raíz de la solicitud de la empresa AGRO INVESTMENT LUSEL INC., ante el Ministerio de Economía y Finanzas, para que se le adjudique una porción de terreno propiedad de la Nación;

  2. -Que el señor D.O.A., se opuso a dicha solicitud de adjudicación, señalando que ostenta derechos posesorios sobre el mismo lote de terreno solicitado por AGRO INVESTMENT LUSEL INC.,

  3. -Que el Ministerio de Economía y Finanzas acogió las oposiciones del señor D.O.A., y resolvió dichas oposiciones, negándolas.

  4. -Que contra dicho acto presentó recurso de apelación el señor D.O.A., mismo que fue similarmente negado, y luego de lo cual acude a la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia.

  5. -En virtud de lo anterior, el tercero impugnante subraya que el acto acusado no causa estado, pues no contiene una decisión de adjudicación, sino que se limita a resolver oposiciones presentadas dentro del proceso de adjudicación, aún no concluido.

  1. OPOSICIÓN A LA APELACION

    La parte actora se opone a los razonamientos del tercero AGRO INVESTMENT LUSEL, indicando que los actos acusados no son actos meramente preparatorios, toda vez que los mismos resuelven pretensiones de fondo, asignan derechos al apelante, y excluyen de un proceso al ahora recurrente DAOUD OURFALI ABADI.

    Reitera el prenombrado, que los actos acusados no son preparatorios, porque deciden en el fondo el asunto debatido, que es determinar quién tiene derecho o la oportunidad de comprar un terreno baldío de la Nación con exclusión del otro y con la garantía de la excepción de acto público.

    En...

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