Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 27 de Noviembre de 1997

PonenteMIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA
Fecha de Resolución27 de Noviembre de 1997
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El licenciado E.V., actuando en nombre propio, interpuso ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia demanda contenciosa-administrativa de nulidad, para que se declare nula, por ilegal, la Resolución Nº 301, del 11 de julio de 1997, expedida por la señora Ministra de Salud.

En el mismo libelo, el licenciado V. pidió la suspensión provisional de los efectos del acto acusado, argumentando para ello lo siguiente:

"En la demanda de nulidad la jurisprudencia reciente ha sostenido que procede esta medida cautelar cuando el acto impugnado en forma manifiesta pueda causar perjuicios a la colectividad, y si no respeta el principio constitucional que establece la separación de las funciones ejecutiva y legislativa.

En el presente caso, la Resolución recurrida dispone cosa contraria a lo que establece la Ley o una norma jerárquica superior, que en caso de ser aplicada, se desconocen derechos de un sector importante de la producción pecuaria del país, ya que mediante una simple Resolución se pretende transferir o privatizar una función que le es privativa al Estado por disposición constitucional y legal, como queda expresado en este Recurso, y además se pretende cobrar una tarifa por un servicio de una inspección veterinaria, con las características de una contribución o impuesto, a través de una simple Resolución del Ministerio de Salud. Los Magistrados de la Sala fácilmente comprenderán que en el presente caso, concurren las condiciones mínimas exigidas por la Ley, en el sentido de urgencia, a fin de prevenir perjuicios notoriamente graves, que son actuales, inminentes, y por lo tanto de urgente protección; no sólo se trata del cobro de un tributo ilegal, sino del encarecimiento de los productos cárnicos ..." (fs. 22-23).

De...

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