Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 28 de Mayo de 2004

PonenteArturo Hoyos
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2004
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El Lcdo. C.D.A., actuando en representación de J.E.M., ha presentado demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, a fin de que la Sala declare que es nula por ilegal, la Resolución Nº264 FIS/IS de 29 de noviembre de 2000, dictada por el Fondo de Inversión Social, el acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones.

La demanda fue admitida en resolución de 7 de mayo de 2001, en la se ordenó igualmente correr traslado de la misma al Director de Planificación del Fondo de Inversión Social , a la Procuradora de la Administración y a la empresa CONCALI, S. A..

ACTO IMPUGNADO

Mediante la Resolución Nº264 FIS/IS de 29 de noviembre de 2000, se resuelve:

"PRIMERO: ADJUDICAR DEFINITIVAMENTE a la empresa CONCALI, S.A., por la suma de CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES BALBOAS CON 01/100 (b/47,893.91), la ejecución del Proyecto Nº21929 "REHABILITACIÓN Y AMPLIACIÓN ESCUELA DE SANTA ANA", ubicado en el Distrito de Los Santos, Provincia de Los Santos.

SEGUNDO

Ordenar que la presente Resolución sea notificada personalmente a todos los interesados, tal como lo establece la legislación fiscal vigente, y la misma se fijará en el mural de avisos de las oficinas centrales del Fondo de Inversión Social (FIS), ciudad de Panamá, por el término de diez (10) días hábiles.

TERCERO

Advertir a los interesados que contra esta Resolución cabe el Recurso de Reconsideración, el cual podrán interponer dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación personal o a la desfijación de la presente Resolución, para aquellos que no se hayan modificado personalmente, con lo cual se entiende agotada la vía gubernativa."

FUNDAMENTO DE LA DEMANDA

En la demanda se formula pretensión consistente en una petición dirigida a la Sala Tercera, a fin de que declare que es nula por ilegal la Resolución Nº264 FIS/IS de 29 de noviembre de 2000, expedida por el Fondo de Inversión Social, así como su acto confirmatorio contenido en la Resolución Nº199 de 26 de diciembre de 2000, en el que se resuelve negar el recurso de reconsideración presentado contra la Resolución Nº264 FIS/IS de 29 de noviembre de 2000. Como consecuencia de las declaraciones anteriores, se solicita a la Sala que se ordene la Adjudicación definitiva del Proyecto Nº21929 "Rehabilitación y Ampliación Escuela Santa Ana" al señor J.E.M.A..

Entre las disposiciones alegadas como infringidas, figuran el artículo 5 y el artículo 10.4 del Pliego de Cargos; artículo 21 de la Ley 56 de 27 de diciembre de 1995; artículo 8 del Decreto Ejecutivo Nº52 de 28 de marzo de 1996; el...

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