Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 28 de Agosto de 2006

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución28 de Agosto de 2006
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La firma forense A., Sarkissan & Asociados, quienes actúan en nombre y representación de TELEINVERSIONES METROPOLITANAS, S.A., han interpuesto demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, para que se declare nula, por ilegal la negativa por silencio administrativo incurrido por la Autoridad Nacional del Ambiente (A.N.A.M.), frente a la solicitud de rescisión por nulidad absoluta del contrato de arrendamiento N° 049-99 de 6 de febrero de 2001, suscrito entre su representado y la Autoridad Nacional del Ambiente (A.N.A.M.), y se formulen otras declaraciones.

Es procedente examinar si la acción promovida cumple con las formalidades legales para su admisión.

La parte demandante con la acción impetrada pretende la tutela de derechos particulares que a su juicio han sido violados a la sociedad TELEINVERSIONES METROPOLITANAS, S.A., con el propósito de restablecerlos, como consecuencia de la actuación irregular de la Autoridad Nacional del Ambiente (A.N.A.M.).

Quien demanda pretende así, que se declare nula, por ilegal, la negativa tácita por silencio administrativo incurrido por la Autoridad Nacional del Ambiente (A.N.A.M.), frente a la solicitud de rescisión por nulidad absoluta del contrato N° 049-99 del 6 de febrero de 2001, presentada el día 27 de diciembre de 2005.

La precitada solicitud pretendía que se declarara la rescisión por nulidad absoluta del contrato de arrendamiento N° 049-99, suscrito el 6 de febrero de 2001, entre TELEINVERSIONES METROPOLITANAS, S.A., y la Autoridad Nacional del Ambiente (A.N.A.M.).

Observa esta Sala a foja 13 del expediente contentivo del presente proceso, que el Administrador General Encargado de la Autoridad Nacional del Ambiente (A.N.A.M.), mediante Nota N° A.G.0563-2006, calendada el 22 de marzo de 2006, certificó: "...Que los trámites correspondientes a la solicitud recibida en este Despacho, referente a la Solicitud de Rescisión del Contrato de Arrendamiento N° 049-99, de fecha 6 de febrero de 2001, entre la Autoridad Nacional del Ambiente (A.N.A.M.) y Teleinversiones Metropolitanas, S.A., se encuentran en estado de decisión, hasta tanto la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia se pronuncie respecto al incidente de nulidad presentado dentro del proceso de cobro coactivo que lleva nuestra institución contra Tele-Inversiones Metropolitanas, S.A."

No obstante, visible a folio 40 del presente proceso, la Administradora General de la Autoridad Nacional del Ambiente (A.N.A.M.)...

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