Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 30 de Agosto de 2000

PonenteADÁN ARNULFO ARJONA L
Fecha de Resolución30 de Agosto de 2000
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El licenciado N.E.C., actuando en nombre y representación de J.E.P., ha interpuesto ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, para que se declare nula, por ilegal, la Resolución Nº 015-98 de 3 de junio de 1998, expedida por la Directora General del Instituto Nacional de Recursos Humanos Naturales Renovables, acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones.

Mediante escrito fechado el 28 de julio de 2000, visible a foja 32 del expediente, la parte actora presentó desistimiento de la acción contencioso administrativa interpuesta contra el mencionado acto administrativo, por lo que la Sala procede a determinar su admisibilidad.

A juicio de la Sala el desistimiento presentado por el demandante es procedente y debe acogerse, conforme a lo consagrado en el artículo 66 de la Ley 135 de 1943, el cual es del tenor siguiente:

Artículo 66. En cualquier estado del juicio es admisible por...

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