Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 30 de Octubre de 1998

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución30 de Octubre de 1998
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La Lcda. M.O.C., actuando en representación de J.G.A., ha presentado demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, con el objeto de que se declare nula por ilegal la Resolución Nº 54,034 de 15 de octubre de 1993 dictada por la Comisión de Prestaciones de la Caja de Seguro Social, los actos confirmatorios y para que se hagan otras declaraciones.

  1. La pretensión y su fundamento.

En la demanda se solicita que la Sala Tercera (Contencioso Administrativa) declare que es nula por ilegal, la resolución Nº 54,034 de 15 de octubre de 1993, dictada por la Comisión de Prestaciones de la Caja de Seguro Social, mediante la cual no accede a la solicitud formulada por J.G.A., a fin de que se le otorgue una pensión por invalidez; igualmente se solicita a la Sala que se declaren nulos los actos confirmatorios contenidos en la Resolución NºNº 10,265 de 4 de julio de 1994, dictada por la Comisión de Prestaciones de la Caja de Seguro Social, mediante la cual mantiene en todas sus partes la Resolución Nº 54,034 de 15 de octubre de 1993 y la Resolución Nº 13,693-96-J.D. de 14 de noviembre de 1996, dictada por la Junta Directiva de la Caja de Seguro Social, mediante la cual confirma las dos anteriores. Finalmente se solicita, que como consecuencia de las declaraciones anteriores, se conceda la pensión de invalidez solicitada por J.G.A..

La Lcda. M.O.C., fundamenta su solicitud en los siguientes términos:

"PRIMERO: Mi mandante, J.G.A., estuvo cotizando a la Caja de Seguro Social como trabajador, con varios intervalos, desde septiembre de 1957 hasta 1986.

SEGUNDO

J.G.A. ha pagado más de 180 cuotas, como trabajador, a la Caja de Seguro Social.

TERCERO

Mi cliente ha sufrido grandes quebrantos de su salud, en su visión y en su columna vertebral.

CUARTO

El 19 de abril de 1993, J.G.A. solicitó a la Comisión de Prestaciones Económicas de la Caja de Seguro Social que le concediera pensión de invalidez.

QUINTO

Mediante resolución Nº 54,030 de 15 de octubre de 1993, la Comisión de Prestaciones Económicas de la Caja de Seguro Social decidió no dar la pensión de invalidez solicitada por G.A..

SEXTO

Oportunamente, mi cliente presentó y sustentó recurso de reconsideración contra la resolución 54,030 dictada por la Comisión de Prestaciones Económicas.

SEPTIMO

En virtud de la petición formulada por J.G.A., fue sometido nuevamente a evaluación de la Comisión Médica Calificadora de la Caja de Seguro Social, la cual determinó que mi poderdante está inválido.

OCTAVO

Mediante resolución 10,264 de 4 de julio de 1994, la Comisión de Prestaciones Económicas resolvió mantener en todas sus partes la resolución 54,030 por, considerar que mi cliente no cumple con el requisito de densidad de cuotas, y le concedió el recurso de apelación subsidiaria interpuesto.

NOVENO

Mediante resolución 13, 693-96-J.D. de 14 de noviembre de 1996, la Junta Directiva de la Caja de Seguro Social confirmó las resoluciones 54,030 y 10,265 dictada por la Comisión de Prestaciones Económica de la Caja de Seguro Social, sosteniendo que G. no reúne el requisito de densidad, requerida por el literal C del artículo 46 de la Ley Orgánica.

DECIMO

J.G.A. solicitó pensión de invalidez por haber hecho más de 180 cotizaciones a la Caja de Seguro Social y no por densidad de cuotas, razón por la cual las resoluciones acusadas...

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