Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 7 de Abril de 2015

PonenteDelia Carrizo de Martínez
Fecha de Resolución 7 de Abril de 2015
EmisorPleno

VISTOS: Para conocimiento del Pleno de la Corte Suprema de Justicia ingresó el expediente contentivo de la denuncia presentada por Z.R.L., por la supuesta comisión de delito Contra La Vida e Integridad Personal (Lesiones Personales), en donde se menciona a los Diputados de la Asamblea Nacional, B.R., CRISPIANO ADAMES y a la señora M.Q., Suplente de Diputado. ANTECEDENTES La Licenciada Z.R. se presentó ante la Agencia de Instrucción Delegada de la Fiscalía Auxiliar de la República, con sede en San Francisco, para denunciar dos situaciones que se dieron el día treinta (30) de junio de dos mil catorce (2014), y que a su entender constituyen hechos delictivos. La primera situación se dio en horas de la tarde de ese día, cuando ella se encontraba en sede del Partido Revolucionario Democrático (PRD), específicamente en la oficina del CEN del partido, cuando entró el D.C.A., y la amenazó en presencia de un sinnúmero de personas, profiriéndole palabras obscenas y que le iba a mandar un grupo de mujeres para que la agredieran. Ante esa situación, aduce que J.C.N. la condujo a su oficina, ella se tranquilizó y de allí se dirigió al Hotel Sheraton. El otro hecho de acuerdo a la denunciante, ocurrió en el Hotel Sheraton en momentos en que ella se encontraba atendiendo lo relacionado con el acuerdo de gobernabilidad con el Partido Arnulfista, siendo abordada por una mujer que le dijo que quería hablar con ella; quien luego de proferirle palabras obscenas, le propinó un golpe en la quijada. Según la denunciante, esa mujer cumplía ordenes de B.R.. Finalmente, la denunciante agregó que el señor B.R. le manifestó que él estaba por encima de la ley, y que no le importaba nada, y que presente en ese momento se encontraban el Fiscal del Partido VÍCTOR DE GRACIA, también los seguridad del Hotel Sheraton, su esposo ALVARO TESTA, un seguridad de nombre V.F., y otras personas que acompañaban a B.R.. La Agencia de Instrucción Delegada de la Fiscalía Auxiliar de la República mediante Resolución de primero (1°) de julio de dos mil catorce (2014), declaró abierta la investigación y ordenó la práctica de la actividad procesal que previene la ley (f. 3). En este sentido, mediante Oficio AID-San Fco. No. 3552-14 de 1 de julio de 2014, se solicitó al Hotel Aloft las grabaciones de las cámaras de vigilancia, específicamente del Salón de Conferencias, correspondiente al día 30 de junio de 2014, en el lapso de las nueve y media de la noche (9: 30 P.M.) hasta las doce de la noche (12:00 p.m.) (f.6). La Agente de Instrucción Delegada de la Fiscalía Auxiliar solicitó al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, mediante el Oficio AID-3551-14 de 1 de julio de 2014, practicaran un reconocimiento médico legal a la denunciante Z.R. (f.7). J.B., G. General del S.P.H. & Convention Center, mediante Nota de 2 de julio de 2014, remitió a la Agencia de Instrucción Delegada (1) DVD que contiene 6 vídeos correspondiente al día lunes 30 de junio de 2014 (f.8 y 23). La Fiscalía Auxiliar de la República dispuso el tres (3) de julio de 2014, el inicio de la instrucción sumarial, a objeto de acreditar la existencia del hecho punible y la autoría del mismo (15). A foja 16 del expediente, consta la evaluación medica legal realizada por el Dr. C.M.R., a Z.L.R.L., estableciendo en el aparte de Examen Físico actual: "Equimosis de aspecto morado de 3.5 por 3 centímetros asociado a edema a nivel del área mandibular izquierda. Con limitación a la apertura de la cavidad oral No se observan...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR