Ley Nº 73 de 27 de septiembre de 2011, QUE CREA EL PROGRAMA PERMANENTE DE APOYO A LOS DEPORTISTAS PERTENECIENTES A LAS SELECCIONES NACIONALES.

Publicado enGOPA de 29 de septiembre de 2011

LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:

ARTÍCULO 1

Se crea el Programa Permanente de Apoyo a los Deportistas Pertenecientes a las Selecciones Nacionales, en adelante el Programa, a fin de que los deportistas pertenecientes a las selecciones nacionales que no cuenten con fuentes de ingreso formen parte de la partida de servicios especiales del Estado.

Los deportistas que se beneficien con el Programa prestarán un servicio al Estado durante el tiempo que pertenezcan a una selección nacional.

ARTÍCULO 2

Para los efectos de esta Ley, se entiende como deportista perteneciente a la selección nacional aquel reconocido como tal por el Instituto Panameño de Deportes (PANDEPORTES).

ARTÍCULO 3

Para el cumplimiento de esta Ley, el Estado nombrará mediante contrato a los deportistas pertenecientes a las selecciones nacionales en la partida de servicios especiales. Estos nombramientos no podrán exceder el 5% de dicha partida.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, si al terminar su carrera como parte de la selección nacional, el deportista cumple con los requisitos para ocupar un cargo permanente y existe la disponibilidad en la planilla estatal podrá ingresar a esta.

ARTÍCULO 4

Los deportistas que sean beneficiarios con este Programa estarán sujetos a las normas y a los reglamentos de recursos humanos de la institución en la que sean contratados.

ARTÍCULO 5

Son requisitos para ser elegidos:

  1. Ser panameño por nacimiento o por naturalización.

  2. Ser mayor de edad.

  3. Ser reconocido como deportista activo de alguna de las selecciones nacionales.

  4. No contar con un empleo formal en la planilla estatal o del sector privado.

ARTÍCULO 6

Para permanecer en el Programa el deportista debe:

  1. Mantenerse activo en su selección nacional.

  2. Cumplir con el plan de entrenamiento requerido para la disciplina que practique. Corresponde a PANDEPORTES determinar las causas que pueden justificar el incumplimiento del plan de entrenamiento, previa solicitud del director técnico de la selección nacional a la que pertenece.

  3. Mantener el rendimiento óptimo o indispensable para competir con posibilidades de éxito internacionalmente.

La inobservancia comprobada de alguno de los aspectos señalados en este artículo conllevará la exclusión inmediata del deportista del Programa.

ARTÍCULO 7

El Programa estará a cargo de PANDEPORTES, que tendrá las siguientes responsabilidades:

  1. Mantener actualizadas las listas de los deportistas pertenecientes a las selecciones nacionales.

  2. Realizar el estudio de la situación económica de los deportistas elegibles que sirva de justificación para la participación de estos en el Programa.

  3. Llevar un registro del rendimiento de los deportistas beneficiados con el Programa.

ARTÍCULO 8

Durante el tiempo en que se encuentren beneficiados con el Programa, los deportistas no podrán acogerse a ningún otro beneficio, salvo el de becas deportivas para estudio.

ARTÍCULO 9

Los empleadores de los deportistas miembros de selecciones nacionales brindarán todas las facilidades y los permisos para que puedan asistir a sus prácticas y competencias en representación de la selección nacional.

ARTÍCULO 10

Esta Ley comenzará a regir el 1 de enero de 2012.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Proyecto 34 de 2009 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los doce días del mes de septiembre del año dos mil once.

El Presidente, Héctor E. Aparicio Díaz.

El Secretario General, Wigberto E. Quintero G.

ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.

PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ, DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 2011.

RICARDO MARTINELLI BERROCAL. Presidente de la República.

LUCY MOLINAR. Ministra de Educación.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR