Resolución Nº 391-07 de 7 de noviembre de 2007, "POR LA CUAL SE DEROGA LA RESOLUCIÓN NO. 124-94 DE 18 DE AGOSTO DE 1994, QUE REGLAMENTA EL USO DEL LITORAL Y SE DICTAN OTRAS MEDIDAS"

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE VIVIENDA

RESOLUCIÓN No.391-07

(De 7 De noviembre De 2007)

"POR LA CUAL SE DEROGA LA RESOLUCIÓN NO. 124-94 DE 18 DE AGOSTO DE 1994, QUE REGLAMENTA EL USO DEL LITORAL Y SE DICTAN OTRAS MEDIDAS"

LA MINISTRA DE VIVIENDA

EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la Ley No.9 de 25 de Enero de 1973, el Ministerio de Vivienda en cumplimiento de sus funciones expidió la Resolución No.124-94 de 18 de Agosto de 1994, "Por la cual se Reglamenta el Uso del Litoral".

Que el contenido de dicha resolución responde a recomendación hecha por el entonces Consejo Técnico de Urbanismo al Ministerio de Vivienda;

Que el Decreto Ejecutivo No.44 de 25 de Junio de 1999, "Por el cual se crea el Consejo Nacional de Urbanismo", derogó el Decreto Ejecutivo No.54 de 9 de Junio de 1993, mediante el cual se creó el Consejo Técnico de Urbanismo y al Decreto Ejecutivo No.79 de 13 de julio de 1994,"Por el cual se extendió la vigencia del Consejo Técnico de Urbanismo hasta tanto se creara el Consejo Nacional de Urbanismo";

Que en virtud del Decreto Ley No.7 de 10 de Febrero de 1998, la Autoridad Marítima de Panamá recibe y tramita frecuentemente solicitudes de concesiones de fondos de mar, playas y riberas del mar y de los ríos y esteros, en coordinación con las diversas instituciones competentes;

Que en vista del vertiginoso crecimiento urbano del sector de la ciudad de Panamá adyacente a la costa del Océano Pacífico comprendido desde ambos lados de la península, calzada e islas de Amador, el inicio de la Avenida de Los Poetas, incluyendo el Casco Antiguo, hasta la desembocadura del Río Tocumen, se considera necesario garantizar y preservar el disfrute y uso colectivo del Océano Pacífico.

Que según el "Plan de Desarrollo Urbano de las Áreas Metropolitanas del Pacífico y del Atlántico", aprobado mediante el Decreto Ejecutivo No.205 de 28 de Diciembre de 2000, se contempla la construcción de una Cinta Costera a lo largo de Avenida Balboa, desde la desembocadura del Río Matasnillo hasta el Mercado del Marisco;

Que dentro de la Cinta Costera sólo se desarrollarán actividades recreativas, deportivas y un componente vial para el uso y disfrute de la ciudadanía en general garantizando la vista hacia el Océano Pacífico.

Que con Fundamento en lo anteriormente expuesto;

RESUELVE:

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