Acuerdo Nº 19 de 25 de julio de 2006, "POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL DEPARTAMENTO ENCARGADO DE LOS DESECHOS SOLIDOS DE CAPIRA, SE ADSCRIBE EL MISMO A LA ALCALDIA Y SE REGULA SOBRE LA MATERIA"

ACUERDO No.19

(Del martes 25 de julio del 2,006)

"POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL DEPARTAMENTO ENCARGADO DE LOS DESECHOS SÓLIDOS DE CAPIRA, SE ADSCRIBE EL MISMO A LA ALCALDIA Y SE REGULA SOBRE LA MATERIA"

C O N S I D E R A N D O:

Que la recolección y disposición final de los desechos sólidos es un servicio público que debe ser garantizado por el Municipio, de forma tal que la población reciba los beneficios de la eficiencia en su prestación.

Que las medidas que se adopten en el Presente Acuerdo y las reglamentaciones que de el se deriven serán de estricto cumplimiento.

Que para la materia que se trata el presente acuerdo es necesario contar con la creación del "Departamento de Los Desechos Sólidos de Capira", "DESOCAP", adscrito a la organización de la Alcaldía del Distrito.

Que el Municipio de Capira por medio del presupuesto municipal, en los renglones correspondiente a Alcaldía, Corregidurias Ornato y Aseo, incluirá las partidas presupuestarias para hacer frente a los gastos en que se incurra, con el refrendo de la oficina de Control Fiscal de Capira.

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CAPIRA EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES

A C U E R D A:

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 16
ARTÍCULO 1

La recolección y disposición de los desechos sólidos, es un servicio público regulado por el Municipio de Capira y ejercido por agentes económicos particulares ya sean naturales o jurídicas.

ARTICULO 2

Toda persona natural o jurídica que desea prestar el servicio deberá registrarse cumplir con las obligaciones señaladas en el presente Acuerdo y las reglamentaciones que expida el Departamento de los Desechos Sólidos de Capira. Los recolectores autorizados serán responsables de las relaciones laborales con sus empleados y de sus obligaciones tributarias nacionales.

CAPITULO II Artículos 3 a 6

DEL REGISTRO

ARTICULO 3

Los interesados en prestar el servicio elevaran solicitud escrita al Alcalde del Distrito en papel timbrado del Municipio de Capira, acompañado del Paz y Salvo Municipal y copia simple de los documentos del vehiculo. No será necesario que el vehiculo sea propiedad del peticionario, siempre y cuando aporte la autorización escrita de la propiedad.

ARTICULO 4

Aportada la documentación para el registro y efectuado los pagos correspondientes, el solicitante presentara el vehículo para ser inspeccionado por mecánico idóneo designado por el Alcalde del Distrito.

ARTICULO 5

Cumplida todas las...

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