Resolución de Junta Directiva Nº 8 de 8 de mayo de 2008, "POR MEDIO DE LA CUAL SE DETALLA EL PERSONAL QUE DEBE RECIBIR EL PAGO EN CONCEPTO DE SALARIOS NO DEVENGADOS DEL PROGRAMA VIVIENDO SIN BARRERAS"

SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

RESOLUCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA Nº 8

de 8 de mayo de 2008

"Por medio de la cual se detalla el personal que debe recibir el Pago en concepto de Salarios no devengados del Programa Viviendo sin Barreras"

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

En pleno uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO

Que mediante Resolución No. 6 de 25 de marzo de 2008, la Junta Directiva de la Secretaría Nacional de Discapacidad aprobó el Pago de Salarios No Devengados al Equipo Técnico del Programa Viviendo sin Barreras por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BALBOAS CON 00/CENTÉSIMOS (B/. 255,250.00), desglosados de la siguiente manera: Vigencia 2007: CIENTO SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA BALBOAS CON CERO CENTÉSIMOS B/. 165, 350.00 y Vigencia 2008: OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS BALBOAS CON CERO CENTÉSIMOS B/: 89, 900.00.

Que el pago de los salarios no devengados se haría a través de Cuenta No. 130000057260 Fondo Rotativo de Operaciones-SENADIS-Inclusión Panamá de la Caja de Ahorros, con la presentación del informe de gestión por cada uno de los miembros del equipo técnico del Programa Viviendo Sin Barreras.

Que para proceder al pago de los Salarios No Devengados al Equipo Técnico del Programa Viviendo sin Barreras es necesario detallar quiénes son, desde cuándo están laborando, salario, a cuánto asciende el monto del pago a cada uno y el cargo que desempeñan.

Que con fundamento en lo anterior, La Junta Directiva de la Secretaría Nacional de Discapacidad,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO

DETALLAR que el...

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