Ley Nº 70 de 27 de octubre de 2010, QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 230 DE LA LEY 63 DE 2009, QUE DICTA EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2010.

Publicado enGOPA de 29 de octubre de 2010

LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:

ARTÍCULO 1 El artículo 230 de la Ley 63 de 2009 queda así:
Artículo 230 SOBRETIEMPO

Sólo se reconocerá remuneración por sobretiempo cuando el funcionario haya sido previamente autorizado por el jefe inmediato a laborar en horarios extraordinarios. Dicho sobretiempo solo se podrá autorizar cuando exista la disponibilidad en la partida presupuestaria correspondiente y no exceda del 25% de la jornada regular de acuerdo con las limitaciones y excepciones establecidas en las leyes existentes. Solo se pagará remuneración por trabajos extraordinarios efectivamente realizados hasta un monto que no exceda el 50% del sueldo regular de un mes. Quedan exceptuados de los límites anteriores los funcionarios del Tribunal Electoral cuando se requieran consultas populares y los funcionarios del Sector Salud, por razones de servicios médicos asistenciales requeridos.

ARTÍCULO 2

Los servidores públicos que al momento de ser elegidos en cualquier cargo de elección popular o cargo administrativo, y para cuyo ejercicio gocen de una licencia sin sueldo, al momento de reintegrarse a la institución recibirán todos los ajustes de categorías salariales que se les hubieran realizado mientras duró el ejercicio del cargo de elección popular o cargo administrativo.

Para los efectos de este artículo, se entiende que al momento del reintegro se contarán los años en el ejercicio de estas funciones para su ubicación en el escalafón.

ARTÍCULO 3

La presente Ley modifica el artículo 230 de la Ley 63 de 28 de octubre de 2009.

ARTÍCULO 4

Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Proyecto 191 de 2010 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los 19 días del mes de octubre del año dos mil diez.

El Presidente, José Muñoz Molina.

El Secretario General, Wigberto E. Quintero G.

ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.

PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ, DE 27 DE SETIEMBRE DE 2010.

RICARDO MARTINELLI BERROCAL. Presidente de la República.

FRANK DE LIMA. Ministro de Economía y Finanzas, encargado.

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