Resuelto Nº AUPSA-DINAN-015-2006 de 22 de diciembre de 2006, "POR MEDIO DEL CUAL SE EMITE EL REQUISITO SANITARIO Y FITOSANITARIO PARA LA IMPORTACION DE PERAS (PYRUS COMMUNIS) FRESCAS, PARA CONSUMO HUMANO Y/O TRANSFORMACION, ORIGINARIAS DEL ESTADO DE WASHINGTON, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA"

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AUTORIDAD PANAMEÑA DE SEGURIDAD DE ALIMENTOS

RESUELTO AUPSA - DINAN - 015 - 2006

(De 22 de Diciembre de 2006)

"Por medio del cual se emite el Requisito Sanitario y Fitosanitario para la importación de Peras (Pyrus communis) frescas, para consumo humano y/o transformación, originarias del Estado de Washington, Estados Unidos de América."

El DIRECTOR NACIONAL DE NORMAS PARA LA IMPORTACIÓN DE ALIMENTOS,

en uso de sus facultades legalesCONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 crea la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos, como entidad rectora del Estado para asegurar el cumplimiento y aplicación de las leyes y reglamentos en materia de seguridad de introducción de alimentos al territorio nacional, bajo criterios estrictamente científicos y técnicos.

Que la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos tiene como objetivo principal el proteger la salud humana, el patrimonio animal y vegetal del país, mediante la aplicación de las medidas sanitarias y fitosanitarias aplicables a la introducción de alimentos al territorio nacional.

Que el artículo 38, numeral 1 del Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 establece que es función de la Dirección Nacional de Normas para la Importación de Alimentos, emitir los requisitos sanitarios y fitosanitarios que deberán cumplir los alimentos para su introducción al territorio nacional.

Que la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos ha considerado pertinente la emisión del Requisito Fitosanitario, con el fin de complementar los aspectos sanitarios, de inocuidad y calidad para la importación de Peras (Pyrus communis) frescas, para consumo humano y/o transformación, originarias del Estado de Washinton, Estados Unidos de América.

Que la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos reconoce la declaratoria de áreas y sitios libres o de bajas prevalencia de plagas de interés cuarentenario para la República de Panamá, otorgado al Estado de Washington por la Dirección Nacional de Sanidad Vegetal del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, en base al Articulo 77 del decreto ley 11 de 22 de febrero de 2006.

Que el incumplimiento de las buenas prácticas agrícolas y de manejo de estos alimentos puede ocasionar la aparición o prevalencia contaminantes biológicos, químicos o físicos, afectando la salud de los consumidores y es responsabilidad de la Autoridad, verificar que los mismos no sobrepasen los niveles adecuados de protección de la salud...

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