Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 3 de Marzo de 2015

Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2015
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS: El Licenciado P.O.J., actuando en representación de la señora S.M.S.S., ha presentado ante esta Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, solicitud con el objeto que se declare ejecutable en la República de Panamá la sentencia de fecha veinticuatro (24) de mayo de dos mil cinco (2005), dictada por el Departamento de Salud y Registros Vitales de la Mancomunidad de Virginia, Estados Unidos de Norteamérica. Según Certificado de Matrimonio, expedido por la Dirección Nacional del Registro Civil del Tribunal Electoral de Panamá, los señores P.J.W. y S.M.S.S., contrajeron matrimonio el quince (15) de julio de mil novecientos noventa y ocho (1998), en el Juzgado Quinto Municipal de Ancón, Corregimiento de Ancón, Distrito de Panamá, Provincia de Panamá, el cual se encuentra inscrito al tomo número 263 de matrimonios de la Provincia de Panamá, partida número 772. Según el apoderado judicial de la señora S.M.S.S., la disolución del vínculo matrimonial se produce mediante sentencia de veinticuatro (24) de mayo de dos mil cinco (2005), bajo la base de tener un año de estar separados ambos cónyuges y que su representada, pese a tener más de nueve años de no saber nada del paradero del señor P.J.W., aún se encuentra unida legalmente por el vínculo matrimonial a éste, lo cual imposibilita que la misma pueda continuar de manera normal con su vida, por lo que solicita que se acoja la presente solicitud de reconocimiento de sentencia extranjera. CONSIDERACIONES DE LA SALA Al examinar toda la documentación presentada, nos percatamos que la copia de la sentencia que decide la pretensión, no consta en el expediente, en su lugar se aporta una certificación que expide el Departamento de Salud y Registros Vitales de la Mancomunidad de Virginia, Estados Unidos de Norteamérica, por lo que no...

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