Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 31 de Mayo de 2016

PonenteLuis Ramón Fábrega Sánchez
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2016
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS: Dentro de la solicitud de reconocimiento y ejecución de sentencia extranjera interpuesta por el licenciado D.R.M., en nombre y representación de R.R.R.M.D., esta Superioridad le concedió al solicitante el término de cuarenta y cinco (45) días para que aportara la documentación de recibido, necesaria que acredite de manera puntual y efectiva que la parte demandada recibió las notificaciones que se indican en el fallo. La S. advierte que el término ha vencido, sin que la parte actora aportara la documentación requerida por esta S. en resolución de veintiuno (21) de julio de 2015. Si bien es cierto que la solicitud de exequátur que nos ocupa ha sido presentada de forma acorde a lo que expresa la Ley, debemos dejar establecido que la sentencia aportada a la presente solicitud de reconocimiento y ejecución de sentencia extrajera, no cuenta con los elementos de juicios suficientes para señalar de manera certera, que la sentencia aportada, no fue dictada en rebeldía, toda vez que no consta la notificación personal de la parte demandada, situación que pudiese haber limitado las posibilidades jurídicas para enfrentarlo...

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