Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 3 de Marzo de 2006

PonenteJosé A. Troyano
Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2006
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

La señora L.O.B.G., a través de su apoderada judicial licenciada IVANOVA LÓPEZ, ha presentado ante esta Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, solicitud para que sea reconocida en la República de Panamá la Sentencia Extranjera de Divorcio, fechada 10 de septiembre de 2004, dictada por la Corte del Distrito No. 169 del Condado de Bell, Texas, Estados Unidos de Norteamérica; mediante la cual se declara disuelto el vínculo matrimonial que la mantenía unida al señor G.H. MANCHA.

La apoderada judicial de la señora L.O.B., fundamentó su solicitud en los siguientes hechos:

"PRIMERO: Mediante la Sentencia Final de Divorcio No. 201,979-C, pronunciada el 10 de septiembre del 2004, la Corte del Distrito Judicial No. 169 del Condado de Bell, Texas, Estados Unidos de Norteamérica, se disolvió el matrimonio de J.H. y L.H. o L.O.B., nombre de soltera.

SEGUNDO

Dicha Sentencia, dictada a consecuencia del ejercicio de una pretensión personal, quedó debidamente ejecutoriada, y no fue dictada en rebeldía, ya que ambas partes tuvieron presentes personalmente en el proceso, y fueron debidamente notificadas como consta en la copia autenticada de la sentencia que se acompaña.

CUARTO

En la referida Sentencia de Divorcio se dispuso lo conveniente acerca del régimen de alimentos a favor de la menor Z.O.H., hija del matrimonio; y de Custodia compartida; por lo que se cumple con la exigencia del Código de Familia Panameño.

QUINTO

La decisión de divorcio y las obligaciones decretadas en dicha Sentencia 201,979-C es lícita en la República de Panamá, por lo que es ejecutable conforme a las leyes panameñas".

ANTECEDENTES DEL CASO

La referida solicitud se fundamenta en el hecho que existe una resolución judicial de fecha 10 de septiembre de 2004, emitida por la Corte del Distrito No. 169 del Condado de Bell, Texas, Estados Unidos de Norteamérica, que decreta el divorcio entre L.O.B.G. y JERARDO HERNÁNDEZ MANCHA.

Los documentos presentados por la licenciada I.L. son los siguientes: Copia debidamente autenticada y protocolizada de la Sentencia No. 201,979-C de 10 de septiembre de 2004, dictada en el presente proceso de divorcio cuyo reconocimiento se pide y su respectiva traducción al idioma español por Intérprete Público Autorizado; Certificado de Matrimonio expedido por la Dirección del Registro Civil donde consta el matrimonio celebrado el día 27 de julio de 2001 por los señores L.B.G. y J.H.M.; y...

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