Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 13 de Julio de 2005

PonenteJosé A. Troyano
Fecha de Resolución13 de Julio de 2005
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

La firma forense REYNA, PITTY Y GORDILLO, apoderados legales de la señora B.C.D., presenta ante esta Sala de Negocios Generales, solicitud a fin de que se le de reconocimiento y se ejecute en la República de Panamá el Laudo o Sentencia Arbitral Extranjera dictada por la Suprema Corte del Estado de California, Condado de los Ángeles de los Estados Unidos de América, fechada 3 de septiembre de 2004, mediante la cual se declaró disuelto el vínculo matrimonial que la mantenía unida al señor H.S.K..

Los apoderados legales de la señora B.C.D., basan su solicitud en los siguientes hechos:

"PRIMERO: Mediante fallo de 3 de septiembre de 2004, dictada por la Suprema Corte del Estado de California, Condado de los Ángeles de los Estados Unidos de América, resolvió la anulación del matrimonio de los señores B.C.D. y H.S.K. quienes habían contraído matrimonio en los Estados Unidos de América el día 21 de noviembre de 1986, según consta en Certificado de matrimonio emitido por la Dirección de Registro Civil del Tribunal Electoral de Panamá, aportado con esta solicitud.

SEGUNDO

La Sentencia Arbitral descrita en el hecho anterior fue dictada en consecuencia del ejercicio de una pretensión personal de nuestra mandante.

TERCERO

La Sentencia o Laudo Arbitral descrito en el hecho primero no fue dictada en rebeldía.

CUARTO

El cumplimiento de obligación dictada a través de esta Sentencia Arbitral es lícita en la República de Panamá.

QUINTA

Se ha aportado adjunto a este libelo una copia auténtica de la Sentencia objeto de esta solicitud, la cual se encuentra debidamente autenticada por las autoridades correspondientes".

Como pruebas a su solicitud, la firma forense REYNA, PITTY & GORDILLO aportó lo siguiente: Copia auténtica de Sentencia Arbitral Extranjera, dictada por la Suprema Corte del Estado de California, Condado de los Ángeles de los Estados Unidos de América de fecha 3 de septiembre de 2004; Traducción de la sentencia descrita anteriormente por Traductor Público autorizado y certificado de matrimonio de B.C.D. y H.S.K., emitido por la Dirección de Registro Civil del Tribunal Electoral de Panamá.

Mediante Vista Nº37 de 23 de junio de 2005, la señora Procuradora General de la Nación, señala: "que la sentencia en estudio no detalla en qué forma se notifica al demandado H.S.K. del proceso de divorcio instaurado por B.C.D., ni tampoco describe la causa o motivo por la cual se da la ruptura del...

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