Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 16 de Septiembre de 2005

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2005
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

La señora Y.E.K.L. mediante poder especial otorgado al Licenciado F.C.C., solicita a la Sala de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia el Reconocimiento y Ejecución de la Sentencia Extranjera de divorcio No. 98DR3320-D dictada por la Corte Superior del Distrito de Columbia, División Familiar, Ramo de Relaciones Domésticas, Estados Unidos de América, fechada 9 de abril de 1999; por la cual se declara disuelto el vínculo matrimonial que la mantenía unida al señor P.A.R. DA COSTA.

ANTECEDENTES DEL CASO

La peticionaria fundamento su solicitud en los siguientes hechos:

"...PRIMERO: Que los señores Y.E.K.L. y P.A.R.D.C. contrajeron matrimonio en la Ciudad de Panamá el día seis de enero de mil novecientos ochenta y cuatro ante el Juzgado Primero Municipal según consta en el Certificado de Matrimonio de fecha 25 de febrero de 2005 expedido por el Tribunal Electoral, Dirección General del Registro Civil.

SEGUNDO

Que los señores Y.E.L. y P.A.R. D.C., establecieron su residencia en la ciudad de Estados Unidos de América desde el año de 1982.

TERCERO

Que el señor P.A.R.D.C.,

formalizó el día nueve de abril de 1999, ante la Corte Superior de Distrito de

Columbia, División de Familia, Ramo de Relaciones Domésticas formal solicitud de Divorcio No. 98DR3320-D,

bajo la causal de separación sin cohabitación por un año precedente al comienzo

de esta acción, es decir en nuestra legislación seria la causal de separación

de hecho por más de dos años. Procediendo dicha corte a disolver la unión

matrimonial, esto consta en la Sentencia

No. 98DR3320-D, debidamente autenticada ante el Consulado de Panamá en

la Ciudad de Washington, D.C. el día 6 de enero de 2005".

Junto con la solicitud de ejecución de sentencia extranjera el apoderado judicial adjuntó como pruebas, copia debidamente autenticada de Divorcio No. 98DR3320-D Proferida por la Corte Superior del Distrito de Columbia, División Familiar, Departamento de Relaciones Domésticas, del nueve de abril de 1999, debidamente autenticada ante el Consulado de Panamá en Washington D.C., con su copia debidamente traducida al español por Interprete Público autorizado; y Certificado de Matrimonio expedido por el Registro Civil Nº 120737, fechado el 25 de febrero de 2005 donde consta el matrimonio de los señores P.A.R. D.C. y Y.E.K.L..

OPINIÓN DE LA PROCURADURÍA

Admitida la solicitud presentada ante esta superioridad se corrió traslado a la señora Procuradora General de la...

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