Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 21 de Junio de 2004
Ponente | Winston Spadafora Franco |
Fecha de Resolución | 21 de Junio de 2004 |
Emisor | Cuarta de Negocios Generales |
VISTOS:
El señor G.F.B.Z., mediante apoderada legal, Dr. R.A.R.M., ha solicitado ante esta S., el reconocimiento y ejecución de la Sentencia dictada por la Corte del Distrito del Condado de Oklahoma, Estado de Oklahoma, Estados Unidos de América, por la cual se declara disuelto el vínculo matrimonial que lo mantiene unido a la señora H.L.M.D..
El apoderado del señor B.Z. basó su solicitud en los siguientes hechos:
"PRIMERO: El señor G.F.B.Z. contrajo matrimonio con la ciudadana estadounidense H.L.M.D., el 8 de enero de 1982, en el Juzgado Tercero Municipal de Colón, Corregimiento de Cristóbal, Distrito de Colón, Provincia de Colón, República de Panamá.
En sentencia dictada el día 9 de junio del año 2000, la Corte del Distrito del Condado de Oklahoma, Estado de Oklahoma, de los Estados Unidos de América, declaró disuelto el vínculo matrimonial que unía a G.F.B.Z. con H.L.M.D., dando fin al proceso iniciado con la demanda de divorcio por ella instaurada;
La demanda de divorcio antes mencionada, presentada por la señora H.L.M.D., fue personalmente notificada a mi poderdante G.F.B.Z., y ambos estuvieron debidamente representados en el proceso de divorcio con pleno conocimiento de sus derechos, por lo que no hubo pronunciamiento en rebeldía;
La sentencia cuya ejecución se solicita fue el resultado de una pretensión personal de efectos lícitos en nuestro país;
La sentencia de divorcio cuya ejecución se solicita se encuentra debidamente ejecutoriada y no entra en conflicto con ninguno de los derechos y deberes de familia consagrados en nuestra legislación; y
La copia de la sentencia de divorcio cuya ejecución se solicita la presentamos debidamente autenticada mediante "Apostille", y traducida al idioma español por Traductora Pública Autorizada."
Fue aportada a la solicitud copia de la Sentencia dictada, validada a través del Convenio de La Haya por el cual los países contratantes suprimen el requisito de la legalización de los documentos públicos a través de la certificación conocida como "La Apostilla".
Admitida la solicitud, se dispuso escuchar la opinión del señor P. General de la Nación, quien en lo medular de su intervención señaló:
...En consecuencia, esta Procuraduría OPINA QUE PODRÍA ACCEDERSE a la presente solicitud de reconocimiento y ejecución de la sentencia extranjera de divorcio, al momento en que...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba