Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 31 de Octubre de 2005
Ponente | José A. Troyano |
Fecha de Resolución | 31 de Octubre de 2005 |
Emisor | Cuarta de Negocios Generales |
VISTOS:
La señora K. L.R.M. mediante poder especial otorgado al Licenciado L.J.H.K., solicita a la Sala de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia el Reconocimiento y Ejecución de la Sentencia Extranjera de Divorcio dictada por la Corte Suprema de Nueva Jersey, Condado de Océano, Estados Unidos de América, fechada el 19 de agosto de 2002; por la cual se declara disuelto el vínculo matrimonial que la mantenía unida al señor MARCO I.M..
ANTECEDENTES DEL CASO
El apoderado Judicial de la señora K.L.R.M., fundamento su solicitud en los siguientes hechos:
"...PRIMERO: Que la señora K.L.R. de M. y el señor M.I.M., contrajeron Matrimonio Civil, en la Ciudad de Panamá, el día 10 de Abril de 1992.
Que por ser el señor M., miembro del ejercito de los Estados Unidos de América, el y mi mandante viajaron, a ese país el 4 de abril de 1994, hacía la Ciudad de San Diego, Estado de California.
Que en el año 1996 los esposo M., se separaron legalmente y mi mandante se mudo hacia el Estado de Nueva Jersey, en donde reside en la actualidad.
Que en Agosto del 2002, mi mandante promovió demanda de divorcio en contra de su esposo M.M., que en ese tiempo residía en el Estado de Texas.
Que el señor M.M., fue debidamente notificado de la demanda de divorcio y respondió y consintió mediante declaración jurada que fue sometido a la consideración del Tribunal.
Que la Corte Superior de Nueva Jersey, División de Cancillería, Parte Familiar, mediante Sentencia fechada 19 de agosto de 2002, decretó la Disolución del vínculo matrimonial entre mi mandante la señora K.L.R. y el señor M.I.M."
Junto con la solicitud de ejecución de sentencia extranjera el apoderado judicial adjuntó como pruebas: Certificado de Matrimonio Civil, celebrado entre la señora K.L.R. y M.I.M., expedido por la Dirección General del Registro Civil de Panamá; y sentencia original de Divorcio, proferida por la Corte Suprema de Nueva Jersey, Condado de Océano, fechada el 19 de Agosto del 2002, debidamente autentica y traducida al idioma español.
OPINIÓN DE LA PROCURADURÍA
Admitida la solicitud presentada ante esta superioridad se corrió traslado a la señora Procuradora General de la Nación, quien en su Vista No.70 de 12 de septiembre de 2005, señala que: "de las piezas probatorias que constan en el expediente, observo que las partes estuvieron casados por 10 años, luego de lo cual acordaron dar...
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