Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 6 de Mayo de 2008

Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2008
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS: La señora M.T.H.P., a través de su apoderada J.E.E.F.C., ha solicitado el Reconocimiento y Ejecución de la Sentencia Extranjera de divorcio, fechada 24 de junio de 2002, dictada por la Corte Superior de California del Condado de V. del Estado de California Estados Unidos de América, mediante la cual se declara disuelto el vínculo matrimonial que la mantenía unida al señor A.P.. El abogado en ese momento Licenciado Orlando Carrasquilla, apoderado judicial de la señora M.T.H.D.P., fundamenta su solicitud en los siguientes hechos: "PRIMERO: Que mi representada M.T.H. contrajo matrimonio con el señor A.P., panameño, con cédula identidad personal N° 8-329-377, el día 24 de junio de 1985, el Juzgado Tercero Municipal de Panamá, matrimonio que consta debidamente inscrito mediante Certificado de Matrimonio del Registro Civil, al Tomo 224, Partida 1850 de la Provincia de Panamá. SEGUNDO: Que dentro de la unión matrimonial entre mi representada M.T.H. de PINZÓN y A.P., nacieron los menores K.T.P., nacida el 23 de marzo de 1986, con cédula de identidad personal N° 8-793-164. Según consta en el Certificado de Nacimiento expedido por la Dirección General de Registro Civil de la República de Panamá, K.A.P., nacido el 27 de septiembre de 1987, con cédula de identidad personal 8-808-2447 según consta en el Certificado de Nacimiento expedido por la Dirección General de Registro Civil de la República de Panamá y K.T.P., nacida el 15 de septiembre de 1994, según consta en el Certificado de Nacimiento, expedido por el Condado de V., Estado de California, Estados Unidos de Norteamerica. TERCERO: Que mi representada M.T.H.D.P. presentó demanda de disolución de matrimonio en contra del señor A.P. ante la Corte Superior de California del Condado de V., del Estado de California, Estados Unidos de Norteamérica, el cual mediante sentencia promulgada 5 de marzo de 2002, ordenó lo siguiente: .La terminación del estatus marital a partir del 24 de junio de 2002 .Las divisiones del patrimonio marital, incluyendo la propiedad que se encuentra en la República de Panamá, ubicada en la Urbanización Arboleda, intersección con calle Almendra, A.E., Casa N° 17, Distrito de Arraiján, Provincia de Panamá. . Fijar como manutención de los niños menores de edad habidos dentro del matrimonio, la suma de cuatrocientos sesenta y siete dolares (B/467.00) mensuales por cada uno" ANTECEDENTES DEL CASO Dicha solicitud fue fundamentada con el hecho que existe una resolución fechada...

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