Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 22 de Abril de 1994

PonenteRAÚL TRUJILLO MIRANDA
Fecha de Resolución22 de Abril de 1994
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El Primer Tribunal Superior de Justicia dictó resolución de fecha 3 de diciembre de 1993, por medio del cual REVOCA la sentencia Nº168 proferida por la Juez Primera de Circuito Civil, del Segundo Circuito Judicial de Panamá, negando la pretensión del actor dentro del proceso de divorcio propuesto por EDUARDO ANDRÉS TOVIO GUTIÉRREZ contra O.M.P.O.. Contra dicho acto jurisdiccional, el licenciado TOMAS VEGA CADENA, apoderado legal de la parte actora, anunció y formalizó, dentro del término legal, recurso extraordinario de casación, en el fondo.

Consta a foja 80 del expediente, que el Tribunal Superior, previo examen del recurso, ordenó remitirlo a esta Superioridad.

Una vez ingresó el presente negocio a la Secretaría de esta S., se surtió el reparto de rigor, fijándose posteriormente el recurso en lista por seis días para que, dentro de los tres primeros, la parte opositora alegara sobre la admisibilidad y, dentro de los tres siguientes, el recurrente replicara, período que no fue aprovechado por ninguna de las partes.

Dada la naturaleza del negocio, se le corrió traslado al señor P. General de la Nación para que emitiera concepto en cuanto a la admisibilidad del mismo.

Mediante Vista Nº3 de 22 de marzo de 1994, el señor Procurador General de la Nación emite su opinión (fs. 87-89), solicitando a esta Corporación de Justicia, que ordene la corrección, en base a las siguientes consideraciones: la causal ha sido mal invocada; que en los motivos no se imputan cargos de injuricidad al fallo recurrido, y que en las normas supuestamente violadas no se ha explicado claramente de qué manera la sentencia del ad quem infringió los artículos del Código Judicial y Civil, por él citados.

Esta Sala comparte el criterio esbozado por el Señor Procurador de la Nación en lo referente a los motivos y a la...

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