Decreto Nº 116-2007-DMySC de 12 de abril de 2007, "POR LA CUAL SE APRUEBA EL DOCUMENTO TITULADO PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES PARA EL USO Y MANEJO DE CAJA MENUDA DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE TOCUMEN, S.A., SEGUNDA VERSION"

DECRETO NÚMERO 116-2007-DMySC

(de 12 de abril de 2007)

Por el cual se aprueba el documento titulado PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES PARA EL USO Y MANEJO DE LA CAJA MENUDA DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE TOCUMEN, S. A., Segunda Versión.

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA

En uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 280, numeral 2, de la Constitución Política de Panamá, establece que la Contraloría General es el ente encargado de fiscalizar y regular, mediante el control previo o posterior, todos los actos de manejo de fondos y otros bienes públicos, a fin que se realicen con corrección, según lo establecido en la Ley.

Que el Artículo 11, numeral 2 de la Ley 32 del 8 de noviembre de 1984, por la cual se adopta la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, establece que para el cumplimiento de su misión, la Institución fiscalizará, regulará y controlará todos los actos de manejo de fondos y otros bienes públicos, a fin que tales actos se realicen con corrección y según lo establecido en las normas jurídicas respectivas.

Que el Artículo 36 de la citada Ley dispone que, la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA dictará reglamentos que contengan pautas que sirvan de base en la actuación de las personas que manejan fondos o bienes públicos.

Que corresponde a la DIRECCIÓN DE MÉTODOS Y SISTEMAS DE CONTABILIDAD elaborar los documentos denominados Guías, Instructivos, Procedimientos o Manuales necesarios para la rendición, examen y finiquito de cuentas de la gestión fiscal de los empleados y agentes de manejo, de acuerdo al Decreto 261-Leg. de 16 de septiembre de 2002.

Que una vez elaborados estos documentos, deberán oficializarse mediante Decreto, en el cual se establecerá la fecha para su aplicación por la dependencia estatal respectiva, y serán de obligatorio cumplimiento para los servidores públicos encargados de aplicarlos.

Que la DIRECCIÓN DE MÉTODOS Y SISTEMAS DE CONTABILIDAD DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, en coordinación con el AEROPUERTO INTERNACIONAL DE TOCUMEN, S. A., participaron en la elaboración del documento titulado PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES PARA EL USO Y MANEJO DE LA CAJA MENUDA DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE TOCUMEN, S. A., Segunda Versión.

Que este documento ha sido consultado, discutido y aprobado por los responsables de cada una de las unidades administrativas involucradas en el proceso.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO

Aprobar el documento titulado PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES PARA EL USO Y MANEJO DE LA CAJA MENUDA DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE TOCUMEN, S. A., Segunda Versión.

ARTÍCULO SEGUNDO

Este documento regirá para el Aeropuerto Internacional de Tocumen, S. A.

ARTÍCULO TERCERO

Este Decreto regirá a partir de su promulgación.

FUNDAMENTO LEGAL: Artículo 280, numeral 2 de la Constitución Política de Panamá, Artículo 11, numeral 2 y Artículo 36 de la Ley 32 de 8 de noviembre de 1984, por la cual se adopta la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República. Decreto 261-Leg. de 16 de septiembre de 2002.

Dado en la ciudad de Panamá a los 12 días del mes de abril de 2007.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

DANI KUZNIECKY

Contralor General de la República

JORGE L. QUIJADA V.

Secretario General

REPÚBLICA DE PANAMÁ

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

DIRECCIÓN SUPERIOR

DANI KUZNIECKY

Contralor General

LUIS CARLOS AMADO

Subcontralor General

JORGE QUIJADA

Secretario General

DIRECCIÓN DE MÉTODOS Y SISTEMAS DE CONTABILIDAD

ELY BROKAMP

Directora

ARMANDO E. ALVAREZ G.

Jefe de Departamento

PRÓSPERO ROSAS CARRIÓN.

Analista

SERVIO MENDOZA

MAYLIN DURÁN

ZAIDA GONZÁLEZ

Apoyo Técnico

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AEROPUERTO INTERNACIONAL DE TOCUMEN, S.A.

CARLOS GARCÍA M.

Gerente General

HÉCTOR GONZÁLEZ

Gerente de Administración y Finanzas

WINSTON WELCH

Gerente de Planificación y Gestión Estratégica

ELKA ARZA

Apoyo

INTRODUCCIÓN

La Contraloría General de la República, a través de la Dirección de Métodos y Sistemas de Contabilidad, en coordinación con las diferentes Unidades Administrativas del Aeropuerto Internacional de Tocumen, S.A., han desarrollado estos Procedimientos Administrativos y Fiscales con el propósito, de establecer el uso y manejo de la Caja Menuda.

Los Procedimientos que se incluyen en este documento, constituyen un instrumento que servirá como apoyo a la Administración para un mejor uso y manejo de los recursos destinados a la Caja Menuda.

Estos Procedimientos constituyen la reglamentación básica contra la cual se examinarán en forma previa y posterior las actuaciones de los servidores públicos que participen en este proceso. Corresponde a la Administración velar por el cumplimiento de estos, sin perjuicio de la fiscalización y control que le corresponden a la Contraloría General de la República.

La aplicación de este manual operativo no exime del cumplimiento de cualquiera otra reglamentación vigente no presentada en el texto, pero relacionada con la materia tratada.

Este Manual de Procedimientos podrá actualizarse por revisiones periódicas que realice la Contraloría General, por modificaciones de las Leyes que lo sustenten o debido a necesidades del Aeropuerto Internacional de Tocumen, S.A., debidamente presentadas y sustentadas.

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Dirección de Métodos y Sistemas de Contabilidad

  1. GENERALIDADES

    1. Concepto de Caja Menuda

    Son sumas de dinero fijas, en efectivo, provistas al Aeropuerto Internacional de Tocumen, S.A. Se reembolsan del Fondo General, cuenta bancaria Institucional en el Banco Nacional de Panamá. No obstante, el proceso de desembolso y reembolso requieren de la afectación presupuestaria y financiera (afectación contable) para su ejecución.

    B. Objetivo de la Caja Menuda

    Facilitar la gestión administrativa y financiera del Aeropuerto Internacional de Tocumen, S.A., permitiendo la atención de manera inmediata de las necesidades (de difícil anticipación o programación), que surjan del desarrollo de las actividades inherentes al funcionamiento del Terminal de Pasajero y de Carga.

    C. Objetivo del Procedimiento

    Establecer las pautas para regular la administración y operación del Fondo de Caja Menuda del Aeropuerto Internacional de Tocumen, S.A., dentro de un adecuado ambiente de control que asegure una gestión oportuna, eficiente, económica y transparente de los recursos autorizados. Ahorrar a la empresa costos por los trámites administrativos por compras efectuadas a través de la Caja Menuda.

    Base Legal

    Ley Núm. 8, de 27 de enero de 1956, por la cual se expide el Código Fiscal de la República de Panamá.

    Ley Núm. 32, de 8 de noviembre de 1984; Orgánica de la Contraloría General de la República.

    Ley Núm. 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública y dicta otra disposición.

    Decreto Ejecutivo Núm.366, de 28 de diciembre de 2006, por el cual se reglamenta la Ley Núm. 22 de 27 de junio de 2006, que regula la Contratación Pública y dicta otra disposición.

    Circular Núm. DGCP-01-2007 del 5 de enero de 2007.

    Ley Núm. 23 de 29 de enero de 2003, que dicta el marco regulatorio para la Administración de los Aeropuertos y Aeródromos de Panamá.

    Decreto Ejecutivo Núm. 214 DGA de 8 de Octubre de 1999 "Por el cual se emiten las Normas de Control Interno Gubernamental para la República de Panamá".

    Normas Generales de Administración Presupuestaria vigentes.

    Decreto Núm. 54-2006 de 14 de marzo de 2006 del Contralor General de la República en el que se aprueba el documento titulado "Manual de Procedimientos para el Uso y manejo de las Cajas Menudas en las Entidades Públicas, Cuarta Versión.

    Nota Núm. 020-05-DSC, de 22 de enero de 2005, por medio de la cual se le autoriza al Aeropuerto Internacional de Tocumen, S.A. cancelar algunos tipos de gastos.

    Decreto Núm. 40-DFG del 31 de enero de 2007, "Por el cual se modifican algunas disposiciones del Manual de Procedimientos para el uso y manejo de Cajas Menudas en las entidades públicas. Cuarta Versión".

    E. Características de la Caja Menuda.

    1. Se origina y reembolsa del Fondo General.

    2. Se maneja con dinero en efectivo.

    3. Constituye un monto fijo de dinero, que se reembolsa según se vaya utilizando.

    4. Está sujeta a la duración del programa o proyecto que motivó la creación del fondo.

    Se destina para Compras Menores de Bienes y Servicios imprevistos.

  2. MEDIDAS DE CONTROL INTERNO.

    Objetivo

    Las normas y requerimientos desarrollados en este punto, tienen el propósito de brindar seguridad razonable sobre el buen manejo de los fondos provistos a través de esta caja, de manera que ese manejo se realice con corrección y conforme a las disposiciones legales vigentes.

    Disposiciones de Control Interno

    Esta Caja Menuda está autorizada hasta un monto de ocho mil balboas (B/.8,000.00).

    Por tratarse de una caja menuda por un monto mayor a cinco mil balboas, el custodio deberá presentar fianza de manejo por el 100% de la suma bajo su cuidado. El pago de las primas por esta fianza correrá a cargo del Aeropuerto Internacional de Tocumen, S.A.

    Podrá solicitar Cajas Menudas para operaciones específicas de cualquiera actividad que requiera una respuesta financiera rápida y menos burocrática; por ejemplo, en el caso que nos atiende por situaciones operativas y de seguridad se requiere destinar fondos (B/.500.00) de esta caja menuda, para permitirle al Gerente de Turno enfrentar cualquier imprevisto fuera de las horas hábiles de trabajo.

    Las Cajas Menudas deben ser utilizadas para adquirir Bienes y/o Servicios propios de los códigos de gastos detallados en el Capítulo IV de este Manual, si el presupuesto institucional dispone de tales partidas.

    Las facturas llevarán adheridos los timbres a razón de B/. 0.10, por cada B/.100.00 o fracción, o en su lugar, la leyenda: "Los timbres son pagados por Declaración Jurada".

    Las facturas o recibos deben...

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