Decreto Nº 302-2007-DMySC de 19 de septiembre de 2007, "POR EL CUAL SE APRUEBA EL DOCUMENTO TITULADO MANUAL PARA LA ADMINISTRACION DEL PROGRAMA DE DESARROLLO COMUNITARIO PARA INFRAESTRUCTURA PUBLICA (PRODEC), SEGUNDA VERSION."

DECRETO NÚMERO 302-2007-DMySC

(de 19 de septiembre de 2007)

Por el cual se aprueba el documento titulado "MANUAL PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO COMUNITARIO PARA INFRAESTRUCTURA PÚBLICA (PRODEC)", Segunda Versión.

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA

En uso de sus facultades constitucionales y legales

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 280, numeral 2, de la Constitución Política de Panamá, establece que la Contraloría General es el ente encargado de fiscalizar y regular, mediante el control previo y posterior, todos los actos de manejo de fondos y otros bienes públicos, a fin que se realicen con corrección, según lo establecido en la Ley.

Que el Artículo 11, numeral 2 de la Ley 32 del 8 de noviembre de 1984, por la cual se adopta la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, establece que para el cumplimiento de su misión, la institución fiscalizará, regulará y controlará todos los actos de manejo de fondos y bienes públicos, a fin de que tales actos se realicen con corrección y según lo establecido en las normas jurídicas respectivas.

Que el Artículo 36 de la citada Ley dispone que, la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, dictará reglamentos que contengan pautas que sirvan de base a la actuación de las personas que manejen fondos o bienes públicos, sujetándose a lo que establezcan las normas legales pertinentes.

Que corresponde a la Dirección de Métodos y Sistemas de Contabilidad a través del Departamento de Procedimientos de Fondos y Bienes Públicos, analizar, diseñar e implementar a nivel del sector Público, manuales de procedimientos, guías e instructivos, orientados a asegurar la regulación, fiscalización y control de la gestión pública de acuerdo a preceptos constitucionales, legales y principios administrativos de aceptación general, de acuerdo al Decreto 211-2007-DMySC de 26 de junio de 2007.

Que una vez elaborados estos documentos, deben oficializarse mediante Decreto, en el cual se establecerá la fecha para su aplicación por la dependencia estatal respectiva, y serán de obligatorio cumplimiento para los servidores públicos encargados y/o agentes de manejo, encargados de aplicarlos.

Que la Dirección de Métodos y Sistemas de Contabilidad en coordinación con la Dirección de Fiscalización General y la Secretaría de Metas Presidenciales, elaboraron el documento titulado "MANUAL PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO COMUNITARIO PARA INFRAESTRUCTURA PÚBLICA (PRODEC)", Segunda Versión.

Que este documento ha sido consultado, discutido y aprobado por los responsables de cada una de las unidades administrativas involucradas en el proceso.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO

Aprobar el documento denominado "MANUAL PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO COMUNITARIO PARA INFRAESTRUCTURA PÚBLICA (PRODEC)", Segunda Versión.

ARTÍCULO SEGUNDO

Este documento regirá para las instituciones ejecutoras y co-ejecutoras del Programa de Desarrollo Comunitario para Infraestructura Pública (PRODEC).

ARTÍCULO TERCERO

Este Decreto regirá a partir de su promulgación.

FUNDAMENTO LEGAL: Artículo 280, numeral 2 de la Constitución Política de Panamá, Artículo 11, numeral 2 y Artículo 36 de la Ley 32 de 8 de noviembre de 1984, por la cual se adopta la Ley Orgánica de la Contraloría General. Decreto Número 211-2007-DMySC de 26 de junio de 2007.

Dado en la ciudad de Panamá, a los 19 días del mes de septiembre de 2007.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

CARLOS A. VALLARINO R.

Contralor General de la República

JORGE L. QUIJADA V.

Secretario General

REPÚBLICA DE PANAMÁ

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

DIRECCIÓN SUPERIOR

CARLOS A. VALLARINO R.

Contralor General

LUIS CARLOS AMADO A.

Subcontralor General

JORGE L. QUIJADA V.

Secretario General

OSVALDO ESPINO

Delegado

DIRECCIÓN DE MÉTODOS Y SISTEMAS DE CONTABILIDAD

ELY I. BROKAMP I.

Directora

GEONIS BORRERO

Subdirector

DEPARTAMENTO DE PROCEDIMIENTOS DE FONDOS Y BIENES PÚBLICOS

ARMANDO E. ÁLVAREZ G.

Jefe

RITA E. SANTAMARÍA A.

Subjefe

MAYLIN DEL C. DURÁN C.

Analista Administrativa

DIRECCIÓN DE ASESORÍA LEGAL DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN GENERAL

LUIS A. PALACIOS MANUEL SANTAMARÍA

Director Director

KATHIA L. DE BROWN IVÁN A. MARTÍNEZ

VERÓNICA BONILLA Subdirector

Abogadas

EQUIPO TÉCNICO

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN GENERAL

ROSADELA ASTUDILLO

LUIS A. VERGARA B.

Asistentes Ejecutivos

SIND YAU MURILLO

Supervisor de Fiscalización

DIRECCIÓN DE MÉTODOS Y SISTEMAS DE CONTABILIDAD

DEPARTAMENTO DE PROCEDIMIENTOS DE FONDOS Y BIENES PÚBLICOS

ARMANDO E. ÁLVAREZ G.

Jefe Departamental

MAYLIN DEL C. DURÁN

Analista Administrativa

DEPARTAMENTO DE SISTEMAS DE CONTABILIDAD

DANIEL RIVERA LEE

Jefe Departamental

ROSARIO MÉNDEZ

Analista Contable

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

SECRETARÍA DE METAS PRESIDENCIALES

JULIO AIZPRÚA

Subsecretario

DAYRA SOLÍS

Consultora Legal

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN

Estructura Orgánica y Funcional para el Programa de Desarrollo Comunitario de Infraestructura Pública (PRODEC)

  1. ASPECTOS GENERALES

    A. Antecedentes

    1. Objetivo del Manual de Procedimientos

    C. Propósito de EL PROGRAMA

    D. Ámbito de Aplicación

    E. Ámbito de Aplicación de la Ley en el Tiempo

    F. Base Legal

  2. ASPECTOS GENERALES DE CONTROL INTERNO

    A. Medidas Genéricas de Control

  3. GENERALIDADES DEL PROGRAMA

    A. Asignación de Recursos

    B. Características del Programa

    C. Clasificación de Proyectos

    c.1. Infraestructura de Vialidad

    c.2. Infraestructura Social

  4. ETAPAS DE IDENTIFICACIÓN, FORMULACIÓN, EVALUACIÓN, GESTIÓN Y CONTRATACIÓN PÚBLICA, ORIENTADAS A EL PROGRAMA

    A. Etapa de Identificación y Sistema de Consulta Pública

    B. Etapa de Formulación

    C. Etapa de Evaluación del Proyecto

    D. Etapa de Confección de Pliego de Cargo y Especificaciones

    E. Aviso de Convocatoria: Publicación o Invitación

    F. Acto Público (Presentación de Propuestas)

    G. Evaluación de Propuestas y Adjudicación de Propuesta

    H. Contratación

    h.1. Trámite para la Contratación

  5. Entrega Parcial o Final

  6. ETAPAS DE GESTIÓN DE COBRO Y PAGO A CONTRATISTA

    A. Presentación de Gestión de Cobro

    a.1. Desembolsos

    a.2. Trámite para el Desembolso

    GLOSARIO

    BIBLIOGRAFÍA

    PROCEDIMIENTOS CONTABLES

    ANEXO

    NORMAS RELEVANTES

INTRODUCCIÓN

La Contraloría General de la República, a través de la Dirección de Métodos y Sistemas de Contabilidad, ha elaborado la segunda versión del Manual para la Administración del Programa de Desarrollo Comunitario para Infraestructura Pública (PRODEC), cuyo objetivo consiste en establecer la metodología que permita orientar a sus usuarios en el desarrollo de las actividades inherentes a las fases de formulación, contratación, ejecución, recepción y entrega de las obras de infraestructura, derivadas del desarrollo de Proyectos a las comunidades beneficiadas; así como, para el reconocimiento de las obligaciones, pagos y registros que se deriven de la concretización de tales proyectos, dentro de las disposiciones legales vigentes. De igual forma este documento, constituye la norma de control que contribuirá en el ejercicio de las funciones de fiscalización, propias de la Contraloría General de la República.

Los proyectos de PRODEC serán realizados a través de las entidades ejecutoras y co-ejecutoras responsables de los sectores o del Ministerio de Gobierno y Justicia a través de la Gobernación de cada Provincia o Comarca, que conformará para ello la Unidad Técnica Ejecutora, bajo la coordinación de la Secretaría de Metas Presidenciales.

Respecto a este punto, se crea una Unidad Administrativa en cada provincia bajo la responsabilidad del Gobernador, denominada Unidad Técnica Ejecutora (UTE), la cual tiene las siguientes funciones: estructurar pliego de cargos, convocar actos públicos, conformar Comisión Evaluadora, adjudicar Actos Públicos, notificar adjudicación, elaborar contratos u órdenes de compra, firmar contratos u órdenes de compra, elaborar orden de proceder, inspeccionar avance de obras, recibir, registrar y autorizar gestiones de cobro por avance de obras, autorizar Orden de Desembolso (pagos), mantener registros presupuestarios, financieros y de avance físico de los proyectos.

En PRODEC se han asignado recursos para que en todos los corregimientos se lleve a cabo al menos un proyecto de infraestructura pública. De allí, la importancia que los entes ejecutores y administradores de EL PROGRAMA, cuenten con un documento de trabajo actualizado, que les permita brindar respuestas para la realización de las obras y la debida transparencia en la utilización de los recursos del erario público.

Este documento no pretende fijar reglas inflexibles, por lo que las observaciones que propugnen por mejorar los procesos aquí descritos, deberán presentarse formalmente a nuestra Dirección, para su análisis e incorporación pertinente al documento.

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Dirección de Métodos y Sistemas de Contabilidad

  1. ASPECTOS GENERALES

    A. Antecedentes

    El Decreto Ley Núm.1 de 9 de enero de 2006, crea el Programa de Desarrollo Comunitario para Infraestructura Pública (PRODEC), compuesto entre otros recursos, por aportes del Tesoro Nacional, de cincuenta millones de balboas (B/.50,000,000.00) anuales provenientes de los excedentes de la Autoridad del Canal de Panamá, para un período de 10 años y cualquier otro ingreso que se perciba para este programa.

    Se establece un sistema de consulta pública, con la participación de las autoridades provinciales, comarcales y locales, así como también con los miembros de la comunidad consultada. Mediante este sistema de consulta, se priorizan las necesidades o problemas identificados en los diagnósticos provinciales, dentro del proceso de los consejos consultivos comunitarios.

    La ejecución de El Programa de Desarrollo Comunitario para Infraestructura Pública (PRODEC), en su segunda fase, se apoya en la descentralización del proceso administrativo a nivel provincial. Esto implica delegar los niveles de autoridad y responsabilidad...

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